Resolución N° 215/05/6300
Nro de Expediente:
4450-000551-05
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
17/10/2005


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de 25 U.R., a la empresa Consorcio Ambiental del Plata por incumplimiento al VI Art. 44 Inciso 18.

Montevideo, 17 de Octubre de 2005.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la División Limpieza, relacionadas con incumplimientos constatados en el servicio adjudicado al Consorcio Ambiental del Plata, por Licitación Pública No. 76107/1 "Prestación de servicios de recolección de residuos domiciliarios, barrido y limpieza de la vía pública y transporte de material hasta disposición final";
        RESULTANDO: 1o) que con fecha 28 de setiembre de 2005, la Unidad de Contratos y Convenios, informa que en inspección realizada el día 21 de setiembre, se detectó que el funcionario asignado a las tareas de barrido de la ruta 43 de las calles Rincón y Juncal, en vez de levantar el barrido producido, lo tiró en la boca tormenta ubicada en esa intersección;
        2o) que la mencionada Unidad comunicó al Consorcio adjudicatario, la infracción constatada y solicitó los descargos de acuerdo al Artículo 45o. del Pliego de Condiciones Particulares que rigió la licitación;
        3o) que el citado Consorcio con fecha 21 de setiembre del año en curso presentó descargos, entendiéndose que los mismos nos son de recibo, por lo que se solicita la aplicación de las sanciones punitivas correspondientes, al amparo del Capitulo VI, Artículo 44o. inciso 18 "Incumplimiento en los programas de Servicio", del Pliego ya citado y cuya penalidad es de 25 U.R.;
        CONSIDERANDO: que la Directora de la División Limpieza, es de opinión favorable en que se aplique la multa

        correspondiente;
        LA DIRECTORA GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO AMBIENTAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Aplicar, al amparo del Capítulo VI, del Artículo 44o. inciso 18 del Pliego de Condiciones Particulares que rige la Licitación Pública No. 76107/1 "Prestación de servicios de recolección de residuos domiciliarios, barrido y limpieza de la vía pública y transporte de material hasta disposición final", una multa de VEINTICINCO UNIDADES REAJUSTABLES (U.R. 25), al Consorcio Ambiental del Plata (CAP), por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
        2o.-Comuníquese a Contaduría General, a la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental y pase a la Unidad de Contratos y Convenios, para la notificación a la empresa infractora y vencido el plazo de presentación de descargos, proceda a descontar el importe de la multa de la facturación mensual como lo prevé el Pliego General de Condiciones.

Mtra. MARIA ALEJANDRA OSTRIA, Directora General del Departamento de Desarrollo Ambiental.-