VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con dar inicio a la evaluación de la evolución y validez de las determinaciones y componentes del Plan Especial Barrio Sur;
RESULTANDO: 1º) que la Unidad Protección del Patrimonio informa que:
a) que por Decreto Nº 30.317 de fecha 5 de junio de 2003, se aprobó el Plan Especial de Ordenación y Recuperación Urbana del Barrio Sur (PEBS), en el marco de la planificación derivada del Plan de Ordenamiento Territorial;
b) el objetivo principal del PEBS es recuperar y afirmar las características propias del barrio, protegiendo el acervo cultural, arquitectónico y urbanístico, así como también rescatando los valores sociales de sus vecinos;
c) se establecen como objetivos específicos, los siguientes:
- Defensa y profundización del carácter residencial;
- Mejora, afirmación y calificación de la calidad del espacio público;
- Protección del área patrimonial y de su carácter;
- Promoción del equilibrio social y urbano de los distintos sectores socio económicos;
d) se establecen lineamientos, directrices y determinaciones para cada uno de estos objetivos y se definen las siguientes áreas de actuación que son objeto de proyectos urbanos en función de sus potencialidades y de las expectativas de transformación:
- Área 1. Cementerio Central, Proyecto Urbano de Detalle Talleres de esta Intendencia, Proyecto Urbano de Detalle La Buena Estrella y Proyecto Urbano de Detalle Consolidación del espacio público y equipamiento de recreación;
- Área 2. Calle Carlos Gardel;
- Área 3. Compañía del Gas y Dique Mauá;
e) el Barrio Sur es un ámbito de localización estratégico, contiguo al Centro y la Ciudad Vieja y con un amplio frente a uno de los espacios públicos de mayor relevancia en cuanto a calidad, uso y referencia local y regional, la Rambla Sur;
f) en el año 2015 se crearon nuevas figuras de identificación y protección del patrimonio urbano, entre las que se destacan los conjuntos Urbano Protegido, los Bienes de Interés Municipal y la designación de más de 100 nuevos Bienes de Interés Departamental;
g) debido al tiempo transcurrido de la realización del Inventario del Patrimonio del Barrio Sur, en los años 2001 y 2002, se hace necesaria una valoración de este territorio a la luz de los cambios físicos y conceptuales que se han producido;
h) en los últimos años gran parte del área central de Montevideo, se ha visto presionada por la construcción de un gran número de edificios de vivienda, al amparo de la Ley de Promoción de Vivienda de Interés Social;
i) por Resolución Nº 4790/19 de fecha 1 de octubre de 2019, se dió inicio al Plan Parcial de Ordenación y Revitalización del Centro e Inventario Patrimonial, que incluye en su ámbito la porción de suelo en Régimen General del PEBS;
j) por todo lo expresado se percibe como una oportunidad para iniciar un proceso de evaluación del PEBS, de manera acompasada con el instrumento mencionado en el literal anterior;
k) se propone también designar un equipo técnico con integrantes de las Unidades Protección del Patrimonio, Plan de Ordenamiento Territorial y Proyectos Urbano Territoriales y del Municipio B;
2º) que la División Planificación Territorial comparte lo informado y promueve el dictado de resolución, para dar inicio al proceso de evaluación del Plan Especial de Ordenación y Recuperación Urbana del Barrio Sur y conformar un equipo técnico a tales efectos;
CONSIDERANDO: que el Departamento de Planificación estima procedente el dictado de resolución en el sentido indicado;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO RESUELVE:
1º.- Dar inicio al proceso de evaluación de la evolución y validez de las determinaciones y componentes del Plan Especial de Ordenación y Recuperación Urbana del Barrio Sur.-
2º.- Crear un equipo técnico que tendrá por cometido evaluar la necesidad de realizar una actualización o de desarrollar un nuevo inventario del patrimonio arquitectónico y urbano.-
3º.- Cometer al Departamento de Secretaría General la conformación del equipo técnico mencionado en el numeral anterior, que estará integrado con representantes del Municipio B y de las Unidades Protección del Patrimonio, Plan de Ordenamiento Territorial y Proyectos Urbano Territoriales del Departamento de Planificación.-
4º.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, Desarrollo Urbano y Movilidad; al Municipio B; a la División Planificación Territorial; a las Unidades Protección del Patrimonio, Plan de Ordenamiento Territorial y Proyectos Urbano Territoriales y pase a la Unidad Plan de Ordenamiento Territorial.- |