Resolución N° 197/07/3000
Nro de Expediente:
3310-006035-02
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
17/12/2007


Tema:
TRANSFERENCIA PUESTOS

Resumen:
Autorizar la transferencia del permiso para el uso de los locales Nos. 3 y 4 del Mercado Flor de Maroñas, sito en la calle Cochabamba No. 3309, que giran en el ramo de almacén, de los cuales es permisario el Sr. Enrique Techera, en las mismas condiciones dispuestas originariamente, a favor del Sr. Carlos Giovinazzo.-

Montevideo, 17 de Diciembre de 2007.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento de los locales Nos. 3 y 4 del Mercado Flor de Maroñas, sito en la calle Cochabamba No. 3309, que giran en el ramo de almacén, de los cuales es permisario el Sr. Enrique Techera, C.I. 2.575.112-3, domiciliado en la calle Montecarlo No. 3430;
        RESULTANDO: 1o.) que con fecha 15/XII/03, el Sr. Techera presentó nota ante la Dirección del Servicio Centro Comunal Zonal No. 9, por la cual autorizaba al Sr. Carlos Giovinazzo, C.I. 1.114.601-3, domiciliado en el calle Chayos No. 5372, a atender personalmente los locales de que se trata, por no poder hacerlo él;
        2o.) que consultada al respecto la Asesoría Jurídica informa que el Sr. Giovinazzo tendría el carácter de "encargado" de dichos locales, previsto en la reglamentación (Res. 361/96 art. 16 letra b);
        3o.) que la Unidad de Gestión Comercial de la División Promoción Económica informa que del análisis de las presentes actuaciones, surgen dos alternativas: a) el Sr. Enrique Techera continúa siendo el titular de los locales y se convalida el carácter de encargado de los mismos, del Sr. Carlos Giovinazzo, sin límite temporal para ello y b) se confirma la imposibilidad de continuar al frente de los mismos, de su titular, Sr. Enrique Techera, a través del Área Social, y en su caso, se transfieren los permisos a favor de quien ejerce la encargaduría en los hechos, Sr. Carlos Giovinazzo, previo pago de la tasa fijada a esos efectos;.
        4o.) que a través del Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 9, se obtiene la conformidad del Sr. Techera para hacer efectiva la transferencia de los puestos a favor del Sr. Carlos Giovinazzo;
        5o.) que la Dirección del Servicio Centro Comunal Zonal No.9, promueve el dictado de resolución en tal sentido;
        6o.) que la Unidad de Gestión Comercial de la División Promoción Económica informa que por concepto de derecho de uso se deberá abonar la suma de $ 60,oo (pesos uruguayos sesenta) por metro cuadrado y por derecho de adjudicación deberá abonar la suma equivalente a U.R. 37.50 (Unidades Reajustables treinta y siete con cincuenta décimas) por cada puesto, lo que hace un total de U.R. 75 (Unidades Reajustables setenta y cinco), de acuerdo a lo establecido en el Volumen TOTIM, Artículo 129;
        7o.) que la Dra. Carla Lisanti considera que no corresponde solicitar depósito de garantía de fiel cumplimiento, pues la normativa que regula el funcionamiento de los Mercados Municipales, contenida en el Volumen VI del Digesto Municipal, no prevé este concepto;
        CONSIDERANDO: 1o. ) que la División Región Este estima oportuno y conveniente el dictado de resolución en el sentido solicitado, tomando en cuenta lo expresado por la Dra. Carla Lisanti;
        2o.) que por Resolución No. 3373/05, de 25 de julio de 2005, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Descentralización la facultad de autorizar las transferencias de derechos de uso de los puestos en mercados municipales;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1. Autorizar la transferencia del permiso para el uso de los locales Nos. 3 y 4 del Mercado Flor de Maroñas, sito en la calle Cochabamba No. 3309, que giran en el ramo de almacén, de los cuales es permisario el Sr. Enrique Techera, C.I. 2.575.112-3, con domicilio en la calle Montecarlo No. 3430, en las mismas condiciones dispuestas originariamente, a favor del Sr. Carlos Giovinazzo, C.I. 1.114.601-3, con domicilio en la calle Chayos No. 5372, los que deberá atender en forma personal y directa.-
        2. Disponer que el Sr. Giovinazzo deberá abonar por concepto de derecho de uso la suma de $ 60,oo (pesos uruguayos sesenta) por metro cuadrado y por derecho de adjudicación deberá abonar la suma equivalente a U.R. 37.50 (Unidades Reajustables treinta y siete con cincuenta décimas) por cada puesto, lo que hace un total de U.R. 75 (Unidades Reajustables setenta y cinco), de acuerdo a lo establecido en el Volumen TOTIM, Artículo 129, lo que se hará efectivo en la Unidad de Gestión Comercial de la División Promoción Económica del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional.-
        3. Disponer que la Junta Local de la Zona No. 9 entregue al nuevo permisario la tenencia de los precitados locales, previo inventario y presentación de constancia de pago de la suma a que se hace referencia en el numeral anterior, por derecho de adjudicación de los mismos.-
        4. Establecer que el usuario se hará cargo del pago de todos los tributos nacionales y municipales que correspondan, así como de los gastos por servicios y consumos de energía eléctrica, teléfono, agua corriente, gas y otros, obligándose en su momento a aceptar el régimen de liquidaciones que efectúe la oficina municipal respectiva.-
        5. Establecer que para el funcionamiento de los referidos locales regirán las normas dispuestas en el Reglamento de los Mercados Minoristas Municipales y demás disposiciones municipales y nacionales vigentes en la materia.-
        6. La transferencia de los mismos queda condicionada a que no existan deudas pendientes por cualquier concepto en la Unidad de Gestión Comercial.-
        7. Comuníquese a los Departamento de Recursos Financieros y de Desarrollo Económico e Integración Regional; División Región Este; Unidad de Gestión Comercial de la División Promoción Económica; Servicio de Ingresos Comerciales; Junta Local de la Zona No. 9, y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 9, para realizar las notificaciones correspondientes y demás efectos.-

SRA. MIRIAM RODRIGUEZ, Directora General del Departamento de Descentralización.-