Resolución N° 472/11/5000
Nro de Expediente:
5130-006109-09
 
GESTION HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
13/6/2011


Tema:
LICENCIAS

Resumen:
Se dispone que la Unidad Cuentas Personales tramitará la jubilación por incapacidad laboral del funcionario Sr. Liber Arrutia, C.I. N° 1.460.914, otorgándosele licencia con goce de sueldo mientras se tramita su jubilación por incapacidad laboral, por el término máximo de 1 (un) año, a partir del 24 de marzo de 2011.-

Montevideo, 13 de Junio de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones, relacionadas con el estado de salud del funcionario Sr. Liber Arrutia, quien se desempeña en Servicio Centro Comunal Zonal No. 16;
        RESULTANDO: 1º.) que se le realizó un Tribunal Médico, con fecha 23 de marzo de 2011, el que dictaminó que corresponde el cese de la relación funcional, a partir del 24 de marzo del corriente año, ya que no está apto para el normal y continuo desempeño de las tareas de su cargo, siendo su incapacidad laboral evaluada en un 95 %;
        2º.) que correspondería efectuar su inclusión en el régimen de los Arts. D.128 y D.129, Volumen III del Digesto;
        3º.) que la Unidad Cuentas Personales informa que el Sr. Salazar no cuenta con causal jubilatoria;
        CONSIDERANDO: 1º.) que se estima procedente el dictado de resolución, disponiendo que la Unidad Cuentas Personales tramite la jubilación por incapacidad laboral del titular ante el Area de la Salud del B.P.S., otorgándole a tales efectos licencia con goce de sueldo, a partir del 24 de marzo de 2011 y por el término máximo de 1 (un) año;
        2º.) las facultades oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE GESTION HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
        RESUELVE:
        1º.-La Unidad Cuentas Personales tramitará la jubilación por incapacidad laboral del funcionario Sr. Liber Arrutia, C.I. N° 1.460.914.-
        2º.-Otorgar al citado funcionario licencia con goce de sueldo mientras se tramita su jubilación por incapacidad laboral, por el término máximo de 1 (un) año, a partir del 24 de marzo de 2011.-
        3º.-En caso necesario, la citada Unidad aplicará las medidas previstas en el inciso final del Art. D.129, Vol. III del Digesto, comunicando en forma simultánea, por escrito, dicha situación a la Unidad Sueldos y Jornales del Servicio de Liquidación de Haberes; a la Unidad Información de Personal del Servicio de Administración de Gestión Humana y a la dependencia en la que revista el titular.-
        4º.-Comuníquese a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación; a los Servicios de Planeamiento y Desarrollo de Gestión Humana, de Liquidación de Haberes y Centro Comunal Zonal No. 16 que notificará al funcionario; a las Unidades Información de Personal, Cuentas Personales y Certificaciones Médicas; y pase, por su orden, al Sector Despacho del Departamento, y al Servicio de Administración de Gestión Humana, a sus efectos.-

Dr. Jorge BASSO, Director General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales.-.-