Resolución N° 5105/11 | Nro de Expediente:
3280-017541-03 |
ASESORIA JURIDICA | Fecha de Aprobación:
7/11/2011 |
Tema:
PETICIONES
Resumen:
No se hace lugar a la petición presentada por la firma Odenil S.A., representada por la Sra. Rosa Espasandín, propietaria del comercio ubicado en Orinoco No. 4852, con destino a Panadería, para dejar sin efecto las dos multas que le fuera aplicada por Resolución No. 1387/08, de 12/11/08, por no presentar las habilitaciones correspondientes.-
Montevideo, 7 de Noviembre de 2011.- |
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ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.- |
RICARDO PRATO, Secretario General.- |
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