Resolución N° 574/07
Nro de Expediente:
6323-000297-04
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
12/2/2007


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se solicita anuencia a la Junta Departamental de Montevideo la aplicación de una multa de 350 U.R., a la empresa MOACIN S.A., por incumplimiento a lo establecido en el Art. 4o. del Decreto No. 13.982 de la Junta Departamental de Montevideo.

Montevideo, 12 de Febrero de 2007.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la empresa MOACIN S.A., R.U.C. No. 211415570016, sita en la calle Barros Arana No. 5488, que gira en el ramo de Curtiembre, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 9;
      RESULTANDO: 1o.) que la Unidad de Efluentes Industriales informa que en reiteradas oportunidades se intimó a la mencionada empresa, a la presentación de un plan de mejoras e implementación de las mismas, habiéndosele aplicado en su oportunidad una multa de 70 U.R., según Resolución No. 52/05 de fecha 3 de enero de 2005;
      2o.) que se continuaron las intimaciones a la firma para la presentación de:
      - Un instructivo de operación de la planta de tratamiento de efluentes, con los nombres de los trabajadores que la empresa entrenó para esta operativa y están a cargo de la misma;
      - Presentación del horario de vertido de los efluentes, junto con el compromiso de respetar el mismo;
      - Plan de gestión de residuos sólidos, aprobado por la Sección Residuos Sólidos del Laboratorio de Calidad Ambiental; a las que el técnico responsable de la planta de tratamiento dio cumplimiento;
      3o.) que las mencionadas intimaciones fueron cumplidas por la empresa como surge de fs. 71, de las presentes actuaciones;
      4o.) que posteriormente y ante nuevas inspecciones donde se constata un mal funcionamiento de la planta, se intima a la firma infractora a la realización de una conducción de las unidades de la planta de tratamiento de efluentes, mediante tuberías rígidas en forma fija;
      5o.) que en inspección realizada el día 2 de enero de 2007, según Acta No. 4817, que corre agregada a fs. 79 de actuaciones No. 6323-000297-04, se constató que la empresa no realizó las obras solicitadas de instalación de conducciones rígidas en la planta de tratamiento y en la zona de los lechos de secado y se comprobó el escurrimiento de lixiviados, a través de los tableros de madera situados en las paredes;
      6o.) que la mencionada Unidad culmina su actuación solicitando la aplicación de una sanción punitiva de 350 U.R., por incumplimiento al Art. 4o. del Decreto 13.982 de la Junta Departamental de Montevideo (Ordenanza sobre Disposición de Aguas Residuales de los Establecimientos Industriales del Departamento de Montevideo) y en concordancia a lo preceptuado en el Artículo 11o. (Penalidades por Incumplimiento) ante la continuidad de irregularidades constatadas;
      CONSIDERANDO: 1o.) que con fecha 24 de noviembre de 2006, el técnico responsable de la planta industrial presentó renuncia, por lo que, corresponde que se designe un nuevo técnico en cumplimiento de la normativa vigente;
      2o.) que con fecha 9 de enero de 2007, se dio cumplimiento a lo establecido en el Art. R.84 del Volumen II del Digesto Municipal, surgiendo que la Empresa de referencia, no presento descargos;
      3o.) que el Director Interino de la División Saneamiento, propone la aplicación de la multa de 350 U.R. y solicita se intime a la firma MOACIN S.A., la designación de un técnico responsable;
      4o.) que la Directora General del Departamento de Desarrollo Ambiental es de opinión favorable en que

      se intime a la designación de un técnico responsable y se aplique la multa gestionada;
      LA INTENDENTA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1o.-Intimar a la firma MOACIN S.A. a que en un plazo de 10 días, a partir de la notificación, designe a un nuevo técnico, responsable de los sistemas de tratamiento de efluentes líquidos residuales de sus plantas industriales, de acuerdo a lo establecido en el Decreto No. 13.982.
      2o.-Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el
      siguiente:
      PROYECTO DE DECRETO:
      Artículo 1o.- Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo a aplicar una multa de TRESCIENTAS CINCUENTA UNIDADES REAJUSTABLES (350 U.R.), a la empresa MOACIN S.A., RUC No. 211415570016, sita en la calle Barros Arana No. 5488, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 9, por infringir el Artículo 4o. del Decreto No. 13.982 (Ordenanza sobre Disposición de Aguas Residuales Industriales) y en concordancia con el Artículo 11o. (Penalidades por incumplimiento) del mencionado decreto.
      Artículo 2o.- Comuníquese.
      3o.-Comuníquese al Departamento de Descentralización, al Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 y la Unidad de Efluentes Industriales, quien notificará a la firma de lo dispuesto en el numeral anterior; cumplido, pase a la Secretaría General para su remisión a la Junta Departamental de Montevideo
ESC. HYARA RODRIGUEZ, Intendenta Municipal (I.).-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General .-