Resolución N° 578/04/4000
Nro de Expediente:
4114-005530-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
11/6/2004


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar multa 29,6820 U.R. Sres. Rosa Altam Leska y otros, fallas constructivas Juan Carlos Gómez Nos. 1505/07/09.-

Montevideo, 11 de Junio de 2004.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas existentes en el inmueble empadronado con el Nº 3.311, sito en la calle Juan Carlos Gómez Nos. 1505/07/09, propiedad de los Sres. Rosa, Estela, Abraham y María Altam Leska C.I. Nos. 1:075.974-6, 969.823-2, 757.978-1 y 598.981-6 y Regina Altam Leska;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) se ha intimado a los propietarios a eliminar las fallas constructivas que afectan a la vivienda; b) dado el tiempo transcurrido sin que se haya dado cumplimiento a lo intimado corresponde aplicar una multa de 29,6820 U.R., según lo que establece el literal A, inciso f, numeral 12, Art. 3º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y c) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario se aplicará una multa de 44,5230 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.478/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 29,6820 U.R. (veintinueve unidades reajustables con seis mil ochocientas veinte diezmilésimas) a los Sres. Rosa, Estela, Abraham y María Altam Leska C.I. Nos. 1:075.974-6, 969.823-2, 757.978-1 y 598.981-6 y Regina Altam Leska, propietarios del inmueble empadronado con el Nº 3.311, sito en la calle Juan Carlos Gómez Nos. 1505/07/09, con domicilio en la calle Colonia Nº 1139 apto. 603, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir a los infractores que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará una multa de 44,5230 U.R. (cuarenta y cuatro unidades reajustables con cinco mil doscientas treinta diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a los infractores, advirtiéndoles que disponen de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-