Resolución N° 52/18/1200
Nro de Expediente:
2017-5227-98-000941
 
PROSECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
2/3/2018


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 20 (unidades reajustables veinte) a la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) ubicada en Guayabos 1531, relacionada con el partido de fútbol Peñarol - Defensor Sporting jugado en el Estadio Campeón del Siglo.-

Montevideo, 2 de Marzo de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Central de Inspección General, relacionadas con el partido de fútbol Peñarol - Defensor Sporting jugado en el Estadio Campeón del Siglo;
        RESULTANDO: 1o.) que según Acta No. 1293 de 5/11/17, hora 20:15, el Sector Espectáculos Públicos y Afines dependiente del Servicio Central de Inspección General realizó una inspección en el lugar de referencia y constató la entrega de botellas de agua al público y utilización de pirotecnia en tribunas sin autorización;
        2o.) que el Servicio Central de Inspección General solicita la aplicación de una multa de UR 20 por infracción a lo dispuesto por el Art. D. 2846 literal c) y de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 8, Ap. A, numeral 29 del Decreto No. 21.626 (8 reincidencia);
        3o.) que el 26/2/18 la Prosecretaría General se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales; 2o.) que por Resolución N° 1937/16, de 9/5/16, se delegó en el Prosecretario General la





        facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 20;
        EL PROSECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 20 (unidades reajustables veinte) a la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) ubicada en Guayabos 1531, RUT 21 4368590014, por los motivos expuestos en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General lo comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro de la multa impuesta.-
        3.- Comuníquese al Municipio B, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal No. 2 y pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente y demás efectos.-

CHRISTIAN DI CANDIA, Prosecretario General.-