Resolución N° 33/17/5400
Nro de Expediente:
2016-4740-98-000946
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
5/1/2017


Tema:
DENUNCIA PENAL

Resumen:
Encomendar a la Unidad Sumarios la realización de denuncia ante el Juzgado de Faltas de Montevideo de los hechos referidos a la espirometría positiva del Sr. Luis Montero.-

Montevideo, 5 de Enero de 2017.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con los hechos denunciados por el/la funcionario/a de esta Intendencia que se desempeña como Inspector/a de Tránsito en el Servicio de Vigilancia;
          RESULTANDO: 1o.) que el Director de la División Tránsito remite las actuaciones a la División Asesoría Jurídica para su consideración;
          2o.) que en la denuncia formulada se señala que el 25/8/16, al Sr. Luis Montero, C.I. 5.111.186-2 se le practicó el examen de espirometría y arrojó como resultado 1,05 gramos de alcohol por litro de sangre, en la intersección de Br. Artigas y Goes. Asimismo no es conductor habilitado por esta Intendencia;
          3o.) que por tal motivo el 20/9/16, el Director de la División Asesoría Jurídica remite las actuaciones para el dictado de resolución que habilite a realizar la denuncia ante el Juzgado de Faltas de Montevideo;
          CONSIDERANDO: 1o.) la presunta comisión de la falta regulada en el Art. 365 del Código Penal en la redacción dada por el artículo 6 de la Ley Nº 19.120 de 20 de agosto de 2013;
          2o.) las facultades delegadas por Resolución Nº 596/15/1000 de 23 de julio de 2015, del Sr.





          Secretario General;
          EL DIRECTOR DE LA DIVISIÓN ASESORIA JURIDICA
          RESUELVE:
          1.- Encomendar a la Unidad Sumarios la realización de denuncia ante el Juzgado de Faltas de Montevideo de los hechos referidos en la presente Resolución.-
          2.- Comuníquese al Departamento de Movilidad, a la División Tránsito, a la División Transporte, al Servicio de Vigilancia y pase a la Unidad Sumarios a sus efectos.-

DR. MARCELO SCHELOTTO, Director (I) de la División Asesoría Jurídica.-