| Resolución N° 726/99 | Nro de Expediente:
272402 |
| RECURSOS FINANCIEROS | Fecha de Aprobación:
1/3/1999 |
Tema:
AMPLIACIONES
Resumen:
Se remite a la Junta Departamental de Montevideo un Proyecto de Decreto ampliando el Art. 1o. del Decreto No. 24.749 del 7 de enero de 1991, en la redacción dada por el decreto No. 24.885 del 11 de abril de 1991 (Exoneración F.U.T.I.).-
Montevideo, 1 de Marzo de 1999.- |
VISTO: el Art.1 del Decreto No. 24.749 del 7 de enero de 1991, en la redacción dada por el Decreto No. 24.885 del 11 de abril de 1991, por el cual se exoneró del pago del impuesto municipal que grava a los Espectáculos Públicos, a los espectáculos artísticos realizados por la Federación Uruguaya de Teatros Independientes (F.U.T.I.), cuando en los mismos participen elencos afiliados a dichas entidades o elencos extranjeros de naturaleza similar, y los eventos se realicen en salas propias o en salas ajenas destinadas o afectadas a la actividad teatral, que posean características y capacidad locativa similares;
RESULTANDO: que la Sociedad Uruguaya de Actores solicita que la mencionada exención se haga extensiva a todos los espectáculos teatrales de elencos nacionales, ya que la actividad teatral no sólo se desarrolla a traves de los grupos de teatro independiente, sino que varios elencos no pertenecen a F.U.T.I. y sin embargo aportan al teatro una actividad muy importante;
CONSIDERANDO: 1o.) que la Junta Departamental de Montevideo cursó minuta de aspiración a esta Intendencia, a efectos de tramitar la iniciativa del Ejecutivo Comunal con el fin de ampliar el Art. 1o. del Decreto No. 24.749 en la redacción dada por el Decreto No. 24.885 de 11 de abril de 1991 haciéndolo aplicable a los espectáculos artísticos realizados por grupos teatrales que estén integrados mayoritariamente por artistas uruguayos, residentes en el país y que desarrollen su trabajo artístico con carácter permanente en el mismo;
2o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros entiende que procede proveer de conformidad;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1o.- Remitir a la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
PROYECTO DE DECRETO
Artículo 1o.- Modifícase la redacción del Decreto No. 24.749 del 7 de enero de 1991, en la redacción dada por el Decreto No. 24.885 del 11 de abril de 1991, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 1o.- Exonérase del pago del impuesto que grava a los Espectáculos Públicos, a los espectáculos artísticos realizados por la Federación Uruguaya de Teatros Independientes (F.U.T.I.) cuando en los mismos participen elencos afiliados a dichas entidades o elencos extranjeros de naturaleza similar, y los eventos se realicen en salas propias o en salas ajenas destinadas o afectadas a la actividad teatral, que posean características y capacidad locativa similares y a los espectáculos artísticos realizados por grupos teatrales que estén integrados mayoritariamente por artistas uruguayos, residentes en el país y que desarrollen su trabajo artístico con carácter permanente en el mismo".-
Artículo 2o.- Comuníquese
2o.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
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| Arq. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.- |
| Dra. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.- |
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