Resolución N° 5147/06
Nro de Expediente:
1001-015477-00 4114-000191-97
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
4/12/2006


Tema:
FINCA RUINOSA

Resumen:
Proyecto Decreto Junta Dptal. derogando Decreto Nº 29.541, declarando peligrosas finca Padrón Nº 4196, Treinta y Tres Nos. 1287/89.-

Montevideo, 4 de Diciembre de 2006.-
 
        VISTO: las construcciones existentes en el predio empadronado con el Nº 4.196, ubicado en la calle Treinta y Tres Nos. 1287/89, propiedad del Ministerio de Educación y Cultura;
        RESULTANDO: 1º) que se padeció error al hacerse referencia al Padrón Nº 2.476 desde los inicios del expediente, derivado en el Decreto Departamental Nº 29.541 del 12/VII/01, promulgado por Resolución Nº 2.663/01 de 23/VII/01, ratificado por Resolución Nº 855/01/4000 del 27/VII/01, conteniendo la misma falta;
        2º) que el Sector de Seguridad Edilicia deja en claro que se trata de las construcciones del predio Padrón Nº 4.196 sito en la calle Treinta y Tres Nos. 1287/89, las cuales se encuentran en estado ruinoso;
        3°) que el Servicio de Contralor de la Edificación entiende que se debe enmendar la situación, de acuerdo a lo aconsejado;
        4º) que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde solicitar anuencia al Deliberativo Comunal;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el

        siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1º.- Derógase el Decreto Nº 29.541 del 12/VII/01.-
        Artículo 2º.- Autorízase a la Intendencia Municipal de Montevideo para declarar peligrosas las construcciones existentes en el predio empadronado con el Nº 4.196, ubicado en la calle Treinta y Tres Nos. 1287/89, propiedad del Ministerio de Educación y Cultura, no permitiéndose su demolición. Atendiendo al grado de protección, se deberá mantener su fachada, pudiendo efectuarse modificaciones sin limitaciones en su interior.-
        Artículo 3º.- Comuníquese.-
        2º.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta
        Departamental de Montevideo.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-