Resolución N° 948/18/1500
Nro de Expediente:
2018-1469-98-000161
 
MOVILIDAD
Fecha de Aprobación:
14/9/2018


Tema:
ACTIVIDADES EN VÍAS DE TRÁNSITO

Resumen:
Autorizar al INJU a realizar una actividad deportiva llamada "Carrera del INJU 2018", el sábado 15 de setiembre de 2018, a partir de las 10:00 horas

Montevideo, 14 de Setiembre de 2018.-
 
        VISTO: la solicitud del INJU tendiente a que se lo autorice a realizar una actividad deportiva llamada "Carrera del INJU 2018" el sábado 15 de setiembre de 2018, a partir de las 10:00 horas;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Inspección de Tránsito informa que para garantizar la seguridad de los participantes y los usuarios de la vía pública se deberá señalizar los cortes de calle según lo informado en actuación Nº 1 y contar con Inspectores de Tránsito;
        2º) que las Divisiones Tránsito y Transporte entienden oportuno autorizar dicha actividad en el circuito acordado con el Servicio Inspección de Tránsito;
        3º) que el solicitante exonera a la Intendencia de Montevideo de toda responsabilidad civil o penal que pudiera derivarse de la presente autorización, asumiendo las obligaciones inherentes a la misma;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3255/15 del 9 de julio de 2015 modificada por la Resolución Nº 3423/15 del 27 de julio de 2015, el Sr. Intendente de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Movilidad la facultad, entre otras, de autorizar la realización
        de actividades en la vía pública;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE MOVILIDAD
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Autorizar al INJU a realizar una actividad deportiva llamada "Carrera del INJU 2018", el sábado 15 de setiembre de 2018, a partir de las 10:00 horas, cuyo circuito a ocupar será: Av. 18 de Julio desde Av. Daniel Fernández Crespo al Oeste, Av. Gral. Rondeau (hacia el Palacio), Colonia (hacia el Radisson), Florida hasta Plaza Independencia, circunvala la misma retomando 18 de Julio hacia el Este hasta la casa de la juventud según documento adjunto en actuación Nº 1.
        2.- Para garantizar la seguridad de los participantes y los usuarios de la vía pública el organizador deberá señalizar los cortes de calle según lo acordado con el Servicio Inspección de Tránsito, estando exonerado del costo del contrato de Inspectores de Tránsito.
        3.- Queda exonerada la Intendencia de Montevideo de toda responsabilidad civil o penal que pudiera derivarse de la presente autorización, asumiendo el solicitante las obligaciones inherentes al mismo.
        4.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Municipio B, a las Divisiones Tránsito y Transporte, y pase al Servicio Inspección de Tránsito para su correspondiente notificación.

PABLO INTHAMOUSSU, Director General del Departamento de Movilidad.-