Resolución N° 2580/01
Nro de Expediente:
3020-000217-01
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
16/7/2001


Tema:
PRORROGA CONVENIO

Resumen:
Autorizar la prorroga por el término de seis meses del convenio a suscribirse con esta Comuna y la Institución Asociación Civil "La Pascua", relacionada con la conservación y limpieza del Parque Gral. Fructuoso Rivera.-

Montevideo, 16 de Julio de 2001.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones promovidas por el Pro-Secretario General, con fecha 31/V/01, tendiente a la prórroga del convenio con la Institución Asociación Civil "La Pascua";
      RESULTANDO: 1o.) que a través de dicho instrumento se persigue la renovación de las tareas de limpieza y conservación del Parque Gral. Fructuoso Rivera;
      2o.) que dicha organización ha venido cumpliendo la tarea desde hace ya varios años, habiendo sido seleccionada en función al llamado público realizado entre organizaciones no gubernamentales integrantes del registro aprobado por Resolución No. 13.754/93;
      3o.) que la División Región Este sugiere la renovación por un período de 6 (seis) meses;
      4o.) que se efectuó solicitud SEFI No. 47386;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección General del Departamento de Descentralización se expresa de conformidad;
      2o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente, se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el Art. 280o. de la Constitución de la República;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1.- Aprobar el texto de un convenio a suscribirse con la Asociación Civil "La Pascua", en los siguientes términos: CONVENIO: En Montevideo, a los ..........días del mes de...........del año dos mil uno, por una parte, la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante la Intendencia, representada en este acto por............, con domicilio en esta ciudad en la Av. 18 de Julio No. 1360, y por otra parte, la Institución Asociación Civil " La Pascua", en adelante la Institución, representada por ............................, con domicilio en esta ciudad en........................., convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES: La Intendencia efectuó oportunamente un llamado público a organizaciones no gubernamentales (ONGs) integrantes del Registro aprobado por Resolución No. 13.754/93. La Institución seleccionada lleva a cabo la formación de valores humanos mediante la dinámica de trabajo personal y comunitario, realizando políticas educativas destinadas a jóvenes en situación de vulnerabilidad.- SEGUNDO: OBJETO: El objeto del presente convenio es colaborar con la obra social que realiza la Institución, a través de la organización, ocupación y formación de personas en situación de pobreza extrema, a condición de que al mismo tiempo, se obtengan beneficios para la comunidad, por medio del cumplimiento de tareas programadas, siendo en este caso la conservación y limpieza del Parque Gral. Fructuoso Rivera.- TERCERO: APORTE DE LA INSTITUCION: A los efectos referidos la Institución seleccionará 18 (dieciocho) educandos y 2 (dos) coordinadores que realizarán la experiencia educativo-laboral de conservación y limpieza del Parque, e igual número de suplentes para ambas funciones, con el fin de integrar 2 (dos) cuadrillas de la Unidad de Areas Verdes, dependiente de la División Región Centro. Una de las cuadrillas cumplirá tareas de lunes a viernes en régimen de 6 (seis) horas diarias de labor y estará integrada por 8 (ocho) educandos y un coordinador. La otra cuadrilla cumplirá tareas los días sábado, domingo y feriados en régimen de 10 (diez) horas diarias de labor y estará integrada por 10 (diez) educandos y 1 (un) coordinador. Las inasistencias serán registradas por el referente del Servicio Centro Comunal Zonal No. 8, dependiente de la División Región Este, quien las comunicará mensualmente en forma escrita a la Unidad de Areas Verdes, y deberán ser repuestas en el mes inmediato posterior a su registro. Dichas inasistencias serán objeto de análisis como parte del proceso educativo implementado por la Institución, quien además podrá hacer cambios en el grupo de educandos en función del asesoramiento del equipo técnico de la Institución y previo acuerdo entre la Unidad de Areas Verdes, el Servicio Centro Comunal Zonal No. 8 y la Unidad de Convenios.- CUARTO: APORTE DE LA INTENDENCIA: La Intendencia transferirá a la Institución por concepto de donación modal, la suma de $ 611.040,oo, (pesos uruguayos seiscientos once mil cuarenta), que se pagarán de la siguiente forma: $ 66.150 (pesos uruguayos sesenta y seis mil ciento cincuenta) a la firma del convenio para la adquisición de vestimenta, herramientas y materiales y 6 (seis) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $ 87.998,oo (pesos uruguayos ochenta y siete mil novecientos noventa y ocho), que comenzarán a pagarse a partir de los 30 (treinta) días de la firma del convenio. A la cuota 6 se le adicionará la suma de $ 16.902,oo (pesos uruguayos dieciséis mil novecientos dos), que se abonarán antes del 15/XII/01. Los precios se reajustarán semestralmente de acuerdo al Indice de Precios al Consumo. Se prevé un fondo equivalente al 10% del monto total de la transferencia para la atención de imprevistos. Dicha suma total incluye un porcentaje calculado sobre lo transferido que será destinado al financiamiento del costo educativo de la Institución.- QUINTO: SEGUIMIENTO Y EVALUACION: A efectos de cumplir con la evaluación y seguimiento de la tarea educativa, los técnicos de la Unidad de Convenios, los funcionarios referentes, los técnicos del Servicio Centro Comunal Zonal No. 8 y los de la Unidad de Areas Verdes, evaluarán en conjunto con la Institución el desempeño de los educandos en la tarea, como insumo para la evaluación del proceso educativo de la experiencia laboral. Por su parte, la Institución deberá presentar dentro del mes siguiente a la suscripción del Convenio, la agenda del apoyo pedagógico que realizará y, en forma cuatrimestral, informes de evaluación ante la citada Unidad de Convenios, con quien se evaluará el proceso educativo implementado por la Institución.- SEXTO: RENDICION DE CUENTAS: La Institución deberá rendir cuentas mensualmente ante la Intendencia de la utilización de los fondos transferidos. La Intendencia se reserva el derecho de efectuar auditorías que permitan verificar que el destino de los fondos transferidos sea el pactado en el presente convenio. En caso de incumplimiento en la presentación de las referidas rendiciones por más de 2 (dos) meses, no se realizará el pago respectivo.- SEPTIMO: RESPONSABILIDADES: Todo lo vinculado a la relación laboral trabada, así como las obligaciones generadas con otros organismos estatales, será responsabilidad de la Institución, no teniendo la Intendencia ninguna obligación más que las estipuladas en el presente convenio.- OCTAVO: ACCIDENTES DE TRABAJO: En caso de que los educandos sufriesen cualquier accidente con motivo del cumplimiento de su trabajo, la responsabilidad será de la Institución compareciente.- NOVENO: PLAZO: El plazo de este convenio será de 6 meses y comenzará a regir a partir del 1/VI/01.- DECIMO: INCUMPLIMIENTO: El incumplimiento de lo acordado entre las partes, habilitará la rescisión inmediata del presente instrumento. Para constancia y como prueba de conformidad las partes suscriben dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-
      2.- Delegar en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de firmar el convenio cuyo texto por el numeral anterior se aprueba.-
      3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; División Región Centro; Servicios de Escribanía; Prensa y Comunicación; Relaciones Públicas; Centro Comunal Zonal No. 8, Unidades de Convenios, de Areas Verdes; Central de Presupuesto y de Gestión Presupuestal del Departamento de

      Descentralización y pase -por su orden- al Servicio de Contabilidad General y a la División Este.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-