Resolución N° 116/06/5000
Nro de Expediente:
5320-000173-06
 
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
Fecha de Aprobación:
16/3/2006


Tema:
LICENCIAS

Resumen:
Se prorroga la licencia extraordinaria sin goce de sueldo, concedida por Resolución Nº 502/05/5000 de fecha 9 de setiembre de 2005, al funcionario Cr. Fernando Castagno, por el término de 3 (tres) meses, a partir del 16 de marzo de 2006.-

Montevideo, 16 de Marzo de 2006.-
 
        VISTO: la Resolución Nº 502/05/5000 de fecha 9 de setiembre de 2005;
        RESULTANDO: 1o.) que por la misma se dispuso conceder 6 (seis) meses de licencia extraordinaria sin goce de sueldo, a partir del 15 de setiembre de 2005, al funcionario Cr. Fernando Castagno, quien se desempeña en el Servicio de Compras;
        2o.) que el titular solicita la prórroga de dicha licencia extraordinaria sin goce de sueldo, por el término de 3 (tres) meses;
        3o.) que el Servicio de Compras, no formulan objeciones al respecto y la División Abastecimientos se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o.) que se estima procedente el dictado de resolución, concediendo al titular la prórroga de licencia extraordinaria solicitada;
        2o.) las facultades oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE
        RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
        RESUELVE:
        1o.- Prorrogar por el término de 3 (tres) meses, a partir del 16 de marzo de 2006, la licencia extraordinaria sin goce de sueldo concedida por Resolución Nº 502/05/5000 de fecha 9 de setiembre de 2005, al funcionario Cr. Fernando Castagno, C.I. Nº 1.562.158.-
        2o.- Autorizar al titular a que, en caso de ser necesario, se reintegre sin más trámite antes del vencimiento de la licencia concedida, bastando para ello su presentación ante el Servicio de Compras mediante un acta, expresando su voluntad de interrumpir dicha licencia.-
        3o.- Tanto en este caso, como en aquella circunstancia en que se produjera el vencimiento definitivo de la licencia extraordinaria concedida al titular, la Dirección de la Unidad Región Este deberá comunicar de inmediato al Servicio de Administración de Recursos Humanos - Unidad Información de Personal, la fecha del reintegro efectivo del titular a fin de que el mismo sea puesto en situación de ACTIVO APTO AL COBRO en el S.R.H. y la habilitación de los relojes para el registro de asistencia. La omisión de tal comunicación será considerada falta pasible de sanción.-
        4o.- El funcionario, a su reintegro a la función, deberá concurrir al Servicio de Liquidación de Haberes - Unidad Beneficios Funcionales, a los efectos de solicitar su reingreso al beneficio del Seguro de Salud.-
        5o.- Comuníquese a la División Abastecimientos; a la Unidad Información de Personal; a los Servicios de Compras, de Planeamiento y Desarrollo de Recursos Humanos y de Liquidación de Haberes; y pase, por su orden, a los Servicios Central de Inspección General, para notificación al interesado y de Administración de Recursos Humanos, a sus efectos.-

Sra. Miriam RODRIGUEZ, Directora General del Departamento de Recursos Humanos y Materiales.-