Resolución N° 46/19/6000
Nro de Expediente:
2018-4005-98-000046
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
22/10/2019


Tema:
APARTAMIENTO A LA NORMATIVA

Resumen:
Permitir desde el punto de vista urbano patrimonial, con carácter precario y revocable, varios apartamientos normativos en el padrón Nº 183383, Unidad 001 con frente a la calle Dr. Eduardo Blanco Acevedo Nº 1722, ubicado dentro de los límites del Centro Comunal Zonal Nº 8, Municipio E.-

Montevideo, 22 de Octubre de 2019.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de autorización para ocupar el retiro lateral con destino no reglamentario en la ampliación y regularización de construcciones realizadas en el padrón Nº 183383, Unidad 001, predio esquina con frente a la calle Dr. Eduardo Blanco Acevedo Nº 1722, dentro de los límites del Centro Comunal Zonal Nº 8, Municipio E;
          RESULTANDO: 1º) que la Comisión Especial Permanente de Carrasco y Punta Gorda sugiere viabilizar la solicitud que motiva estas actuaciones, informando que:
          a) se presenta a regularizar una vivienda en propiedad horizontal, Unidad 001, tratándose de un predio esquina, contando con un solo retiro lateral;
          b) las construcciones originales han sido autorizadas por Permiso de Construcción Nº 55416 del año 1954;
          c) de las tres unidades correspondientes al padrón, es a esta unidad a la que le corresponde la afectación de retiro lateral, ocupando dicho retiro con destinos no reglamentarios;
          d) las construcciones se encuentran ubicadas alejadas del retiro frontal 4 metros, con altura reglamentaria, no afectando a predios linderos;
          e) dado que se mantiene muy por debajo del FOS reglamentario y el exceso de m2 no altera sustancialmente la percepción de la ocupación del retiro lateral, se entiende que se podría admitir la tolerancia solicitada;
          f) teniendo en cuenta la consideración de testimonialidad del sector, cualquier tipo de acciones futuras de obras, cambios de destino, así como todo tipo de intervenciones, deberá obtener el aval de esta Comisión en forma previa a su ejecución;
          2º) que la Unidad de Protección del Patrimonio se manifiesta de conformidad con lo informado y realiza las siguientes consideraciones técnicas:
          a) las obras a regularizar ocupan parcialmente el retiro lateral, discriminadas de la siguiente manera:
          _ una ocupación con destino reglamentario, depósito (Art. D.223.223, numeral 2º del Volumen IV del Digesto) de 9 m2. (21,89%);
          _ una ocupación con destino no reglamentario (comedor) de 19,8 m2 (48,17 %);
          b) se recomienda admitir, con carácter precario y revocable, en condición de tolerancia el destino no reglamentario que representa un 48,17 % de la superficie total afectada por retiro lateral;
          CONSIDERANDO: 1º) que la División Planificación Territorial comparte lo informado por la Unidad de Patrimonio y promueve el dictado de resolución que admita, con carácter precario y revocable, la presente solicitud condicionada a que no se produzcan futuras ampliaciones que incrementen dicha ocupación;
          2º) que por Resolución Nº 3386/15 de fecha 23 de julio de 2015 se delegaron en la Dirección General del Departamento de Planificación las facultades de resolver determinadas tolerancias en materia de ocupación del suelo y edificabilidad;
          LA DIRECCION GENERAL
          DEL DEPARTAMENTO DE PLANIFICACION
          RESUELVE:

          1º. Permitir desde el punto de vista urbano patrimonial, con carácter precario y revocable los siguientes apartamientos normativos:
          a) la ocupación del retiro lateral en un 48,17 %;
          b) el destino no reglamentario, comedor, para las construcciones que ocupan el retiro mencionado;
          todos ellos en el padrón Nº 183383, Unidad 001, con frente a la calle Dr. Eduardo Blanco Acevedo Nº 1722, ubicado dentro de los límites del Centro Comunal Zonal Nº 8, Municipio E, según gráficos visados técnicamente e incorporados a obrados.-
          2º. Condicionar el permiso otorgado en el numeral anterior a que no se produzcan futuras ampliaciones que incrementen la ocupación del retiro lateral.-
          3º. Comuníquese al Departamento de Desarrollo Urbano; al Municipio E; a la División Planificación Territorial; a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 8 y de Contralor de la Edificación; a las Unidades de Protección del Patrimonio y de Normas Técnicas y pase a la Oficina Central del Departamento de Planificación.-

ARQ. PATRICIA ROLAND OXILIA, Directora General del Departamento de Planificación.-.-