Resolución N° 5145/06
Nro de Expediente:
4149-004240-05
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
4/12/2006


Tema:
CONDOMINIOS

Resumen:
Proyecto Decreto Junta Dptal. enajenar Solar 12, Manzana E, ex-Barrio en Condominio Nº 19, José Rosales.-

Montevideo, 4 de Diciembre de 2006.-
 
        VISTO: que el Sr. José Delmiro Rosales Viera, C.I. Nº 1:928.497-6, solicita se le adjudique el Solar N° 12, Manzana E del ex-Barrio en Condominio N° 19, predio empadronado con el N° 413.185, sito con frente al Pasaje E Nº 5968;
        RESULTANDO: 1°) que el Servicio de Tierras y Viviendas informa que: a) el gestionante ha acreditado la ocupación del solar con anterioridad al 1º/I/93, por lo que se encuentra comprendido en los términos de los Decretos Nos. 25.076 y 26.450 del 25/VII/91 y 11/VIII/94 respectivamente; b) el Servicio de Catastro y Avalúo estableció para el predio un valor de 205 U.R.; c) se dio cumplimiento a lo dispuesto por Resolución Nº 961/05 del 28/II/05 en cuanto abonar la suma de 2 U.R.; d) el solar se encuentra en condiciones reglamentarias en virtud de que la evacuación de las aguas servidas se resuelve dentro de su propia área sin causar perjuicios a terceros y e) por lo expuesto propicia su adjudicación autorizando a prometer en venta en cuotas iguales, mensuales y consecutivas de 2 U.R. hasta saldar el valor de tasación, según declaración del gestionante que luce a fs. 37 de estas actuaciones;
        2°) que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde solicitar anuencia al Deliberativo Comunal;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el

        siguiente:

        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1º.- Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo para enajenar al Sr. José Delmiro Rosales Viera, C.I. Nº 1:928.497-6, el Solar N° 12, Manzana E del ex-Barrio en Condominio N° 19, predio empadronado con el N° 413.185, sito con frente a Pasaje E Nº 5968.-
        Artículo 2º.- Establécese como precio de enajenación la suma de 205 U.R. (doscientas cinco unidades reajustables) la que se pagará en cuotas iguales, mensuales y consecutivas de 2 U.R. (dos unidades reajustables).-
        Artículo 3°.- Comuníquese.-
        2º.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-