Resolución N° 5366/13
Nro de Expediente:
3180-002490-13
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
22/11/2013


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se autoriza a la Secretaría de la Mujer el uso de la Plaza de Cagancha el 25 de noviembre de 2013 para la realización de actividades a desarrollarse en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.-

Montevideo, 22 de Noviembre de 2013.-
 
        VISTO: la nota de 29 de octubre de 2013 de la Secretaría de la Mujer por la cual solicita autorización para el uso de la Plaza de Cagancha el 25 de noviembre próximo, para la realización de actividades en el marco del día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer;
        RESULTANDO: 1o.) que en dicha nota señala que la propuesta la llevará a cabo Amnistía Internacional y que consiste en el reparto de folletería sobre el trabajo que desarrollan entorno a la eliminación de la violencia contra las mujeres en Uruguay y el mundo;
        2o.) que el 5/11/13 el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño atento al interés público y social de la actividad propuesta, no presenta objeciones para su autorización en lo que le compete recomendando el cumplimiento de ciertos aspectos que constan a fs. 5;
        3o.) que el 12 de noviembre ppdo. la División Espacios Públicos y Edificaciones propicia autorizar a la Secretaría de la Mujer el uso de la Plaza de Cagancha el día 25 de noviembre del corriente año, entre las 16:30 y las 18:30 horas, con motivo de llevar a cabo una jornada de reparto de folletería para la eliminación de violencia hacia las mujeres, en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Tener presente: A) a) las disposiciones vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y al cumplimiento del día y horario autorizados, tomando todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar, no pudiéndose afectar pavimentos, elementos vegetales y todo otro equipamiento de la zona, así como la circulación peatonal y vehicular en la zona de desarrollo del evento; b) la normativa ambiental vigente, como prohibición de estacionar vehículos en la vereda y espacios verdes, debiendo tener un plan de gestión de residuos que abarque la actividad a desarrollar, instalando recipientes para residuos en cantidad y dimensiones adecuadas al evento; c) todas las normas y reglamentaciones vigentes que regulan este tipo de eventos; B) Se responsabilizará: a) de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en el mismo estado en que lo recibe y en correctas condiciones de higiene, limpieza y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, césped, especies vegetales y demás instalaciones, tanto en superficies, aéreas o subterráneas, prohibiéndose terminantemente hacer uso de árboles, columnas de alumbrado público u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles de cualquier tipo, no pudiendo instalar propaganda de clase alguna y que los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse, deberán ajustarse a la normativa vigente; b) de todas las consecuencias que se originen o deriven de la actividad a desarrollar, quedando esta Intendencia exonerada de toda responsabilidad; C) Cumplir con los requerimientos del Servicio de Planificación, Gestión y Diseño, Unidad de Concesiones (fs. 5 y 6) los cuales se dan aquí íntegramente por reproducidos y copia de los mismos deberá ser entregada al interesado; D) El incumplimiento de las condiciones en que se otorga la autorización así como las molestias que puedan provocarse hacia el vecindario y que den lugar a denuncias, motivará la inmediata suspensión de la actividad. El contralor de los aspectos indicados o los que dieran lugar a la autorización mediante Resolución, serán llevados a cabo por el Servicio Centro Comunal Zonal Nos. 1; E) Efectuar las coordinaciones que correspondan con el Municipio B, División Tránsito y Transporte y Servicios Centro Comunal Zonal Nº 1 y Central de Inspección General; F) El otorgamiento de este permiso, no supone apoyos materiales específicos ni la exoneración de obligaciones legales y reglamentarias de cualquier naturaleza;
        CONSIDERANDO: que procede proveer de conformidad;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Autorizar a la Secretaría de la Mujer el uso de la Plaza de Cagancha el 25 de noviembre de 2013 con motivo de llevar a cabo actividades a desarrollarse en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.-
        2.- Establecer que la interesada deberá cumplir con las normas vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado, de acuerdo al informe que se indica en el Resultando 3o., de la División Espacios Públicos y Edificaciones.-
        3.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Municipio B, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 1 , Central de Inspección General, Planificación, Gestión y Diseño, a la Secretaría de la Mujer y pase al Departamento de Acondicionamiento Urbano para notificar a los interesados y demás efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-