Resolución N° 120/16/6300
Nro de Expediente:
4454-006200-15
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
28/4/2016


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 20 a la empresa LUIS NELSON BENTANCOUR RODRÍGUEZ, RUT No. 213919340010.

Montevideo, 28 de Abril de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la empresa LUIS NELSON BENTANCOUR RODRÍGUEZ, RUT No. 213919340010, CI No.1.321.068-8, sita en la Avda. Dr. José Irureta Goyena No. 3198 ubicada dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 11, perteneciente al Municipio D;
        RESULTANDO: 1o.) que con fecha 7 de diciembre de 2015, intimó a la mencionada firma a que presente la Declaración Jurada de Generación de Residuos Sólidos No Domiciliarios (DGRSND), según Boleta No. 0456 de fecha 7 de diciembre de 2015;
        2o.) que con fecha 30 de enero de 2016, se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Art. R.69 del Volumen II del Digesto, dándole vista a la mencionada empresa del contenido del expediente y solicitando la presentación de la DGRSND;
        CONSIDERANDO: 1o.) que con fecha 21 de abril de 2016 el Servicio de Planificación, Administración y Apoyo informa que la mencionada empresa no presentó la DGRSND solicitada y en consecuencia corresponde la aplicación de una multa de UR 20 (unidades reajustables veinte) al amparo del Art. 2 del Decreto No. 35.337 de la Junta Departamental de Montevideo de fecha 11 de diciembre de 2014, donde se establece: "La no presentación de la Declaración Jurada de Generación de Residuos Sólidos No Domiciliarios (DGRSND) ante la Oficina Comercial dependiente de la División Limpieza, acarreará una multa que se graduará entre 20 UR y el máximo legal (350 UR)";
        2o.) que el Director de la División Limpieza es de opinión favorable en que se aplique la multa

        correspondiente;

        3o.) que según Resolución No. 3248/15, de fecha 9 de julio de 2015, el Intendente de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la facultad de aplicar
        multas hasta un monto de 55 UR;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL
        DEPARTAMENTO DE DESARROLLO AMBIENTAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Aplicar una multa de UR 20 (unidades reajustables veinte) a la empresa LUIS NELSON BENTANCOUR RODRÍGUEZ, RUT No. 213919340010, CI No. 1.321.068-8, sita en la Avda. Dr. José Irureta Goyena No. 3198, ubicada dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 11, perteneciente al Municipio D, por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
        2o.-Comuníquese al Municipio D, al Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase a la División Limpieza para la notificación de la empresa infractora, a quien se le hará saber en dicho acto, que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a partir de la notificación, para el pago de la sanción impuesta, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento se ejecutará el cobro mediante acción judicial.

Oscar Curutchet, Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental..-