Resolución N° 198/17/5500
Nro de Expediente:
2016-4360-98-000040
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
8/11/2017


Tema:
MULTA SALUBRIDAD PÚBLICA

Resumen:
Aplicación de una multa de 25 UR a la Sra. María Virgina D'espaux Pereira, CI 1.021.358-0, en calidad de responsable de la finca sita en Francisco Canaro Nº 2279.-

Montevideo, 8 de Noviembre de 2017.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio de Salubridad Pública relacionadas con la falta de higiene constatada en la finca sita en la calle Francisco Canaro Nº 2279, cuya responsable es la Sra. María Virgina D'espaux Pereira, titular de la cédula de identidad No. 1.021.358-0;
      RESULTANDO: 1o.) que en la finca mencionada se constató gran presencia de animales (gatos) y falta de higiene;
      2o.) que la Sra. María Virgina D'espaux Pereira, en calidad de responsable del inmueble, no ha dado cumplimiento a lo intimado por el Servicio de Salubridad Pública: "proceder a castrar y disminuir el número de animales (gatos) allí existentes y a la limpieza total y permanente así como a la desratización pertinente del lugar)";
      3o.) que la infractora fue oportunamente intimada, otorgándosele vista, la cual vencido el plazo, no fue evacuada;
      4o.) que el mencionado Servicio promueve la aplicación de una multa de 25 UR (veinticinco Unidades Reajustables) por infringir lo dispuesto en el Art D. 2161,del Volumen VI del Digesto Departamental, sanción prevista en el Art 4º, apartado C del Decreto Nº 21626;
      5o.) que la División Salud se manifiesta de conformidad;
      CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3248/15, de 9/VII/15, el señor Intendente de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de aplicar multas de hasta
      55 U.R;
      LA DIRECCIÓN GENERAL (I) DEL DEPARTAMENTO DE
      DESARROLLO SOCIAL EN EJERCICIO DE
      FACULTADES DELEGADAS
      RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de 25 U.R. (veinticinco Unidades Reajustables), a la Sra María Virgina D'espaux Pereira, titular de la cédula de identidad No. 1.021.358-0, responsable de la finca ubicada en la calle Francisco Canaro Nº 2279, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la División Salud, a la Unidad Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Salubridad Pública para notificar al infractor y librar testimonio correspondiente.-

Dra. Analice Berón, Directora General (I) Departamento de Desarrollo Social.-