Resolución N° 408/24/1200
Nro de Expediente:
2023-5220-98-002025
 
PROSECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
10/7/2024


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 11 a la empresa Stiler SA, responsable de la obra ubicada en Gral. Gregorio Suárez N.º 2830, por no tomar las medidas necesarias que permitan durante el transcurso de la obra, la cómoda circulación de peatones y el acceso permanente a las fincas.-

Montevideo, 10 de Julio de 2024.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la obra ubicada en Gral. Gregorio Suárez N.º 2830, responsabilidad de la empresa Stiler SA, RUT: 210129280011, con domicilio constituido a estos efectos en igual dirección, correo electrónico: pbudussian@stilerpm.com.uy;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informa que personal inspectivo constató que no se tomaron las medidas necesarias durante el transcurso de la obra, que permitan la cómoda circulación de peatones y el acceso permanente a las fincas, labrándose el Acta N.º 06818 de 21/08/23;
        2o.) que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo R.69 del Volumen II del Digesto Departamental se otorgó vista a efectos de la formulación de descargos;
        3o.) que el estudio de los descargos presentados insumió un tiempo prolongado, no siendo de recibo;
        4o.) que en tal sentido el mencionado Servicio solicita una multa de UR 11, por infringir lo dispuesto en el artículo D.2229.1 del Volumen VII del Digesto Departamental, Título II, Capitulo III, Sección IV (Parte Reglamentario) y de acuerdo a lo establecido por el artículo D 2241,11 (UR 1 por metro cuadrado, constatándose una ocupación de 11 metros);
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo al Decreto N.º 34.134 de 12/04/12 y la Resolución N.º 2287/13 de 03/06/13;
        2o.) que por Resoluciones Nos. 4242/20 de 1/12/20 y 570/20/1000 de 4/12/20 se delegó en
        la Prosecretaría General las facultades de aplicar multas de hasta un monto de UR 20;
        EL PROSECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar un multa de UR 11 (unidades reajustables once), a la empresa Stiler SA, RUT: 210129280011, con domicilio constituido a estos efectos en la calle Gral. Gregorio Suárez N.º 2830, correo electrónico: pbudussian@stilerpm.com.uy, por los motivos indicados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese a la Asesoría de Desarrollo Municipal a sus efectos, al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Dr. Daniel González, Prosecretario General.-