Resolución N° 185/08/6000
Nro de Expediente:
6400-000036-08
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
14/10/2008


Tema:
VIGENCIAS

Resumen:
Autorizar desde el punto de vista urbanístico, de acuerdo a lo dispuesto por los Arts. D.8 y D.40 (modificación cualificada) del Decreto Nº 28.242, "Plan Montevideo", la la solicitud de tolerancia de altura en el bien inmueble empadronado con el Nº 160549, ubicado con frente a la calle Dr. Bolívar Baliñas Nº 2620 esq. Rambla Mahatma Gandhi.-

Montevideo, 14 de Octubre de 2008.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el bien inmueble empadronado con el Nº 160549, ubicado con frente a la calle Dr. Bolívar Baliñas Nº 2620, esquina Rambla Mahatma Gandhi, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 5;
          RESULTANDO: 1º) que por Resolución 3559/08 de fecha 11 de agosto de 2008, se solicitó la correspondiente anuencia a la Junta Departamental de Montevideo la que fue otorgada por el Decreto Nº 32655 de fecha 25 de setiembre de 2008;
          2º) que por Resolución Nº 4308/08 de fecha 6 de octubre de 2008, se promulgó el Decreto antedicho pasándose estas actuaciones al Departamento de Planificación;
          CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3218/05 de fecha 13 de julio de 2005, se delegó en el Director General del Departamento de Planificación la facultad de dictar Resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante Decretos que oportunamente se hubieran promulgado por este Ejecutivo;
          EL DIRECTOR GENERAL DEL
          DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN
          EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
          RESUELVE:
          1º. Autorizar desde el punto de vista urbanístico, de acuerdo a lo dispuesto por los Arts. D.8 y D.40 (modificación cualificada) del Decreto Nº 28.242, "Plan Montevideo", la la solicitud de tolerancia de altura en el bien inmueble empadronado con el Nº 160549, ubicado con frente a la calle Dr. Bolívar Baliñas Nº 2620 esq. Rambla Mahatma Gandhi.-
          2º. Establecer que los solicitantes deberán realizar los trámites tendientes a la obtención del permiso ante el Servicio de Contralor de la Edificación, correspondiendo efectuar el pago por concepto de precio compensatorio por mayor aprovechamiento de acuerdo a lo establecido en expediente Nº 6400-000036-08, según las modalidades establecidas en la Resolución Nº 1066/07 de fecha 26/III/07.-
          3º. Comuníquese a los Departamentos de Acondicionamiento Urbano, de Descentralización, a la División Región Centro, a los Servicios de Contralor de la Edificación y de Regulación Territorial, al Plan de Ordenamiento Territorial y pase a la División Planificación Territorial.-

Quim. JULIO BATTISTONI, Director General del Departamento de Planificación..-