VISTO: las presentes actuaciones promovidas por el Departamento de Desarrollo Urbano;
RESULTANDO: 1º.) que solicita autorizar el pago de una compensación mensual a favor de los funcionarios Sres. Ariel Díaz y Andrés Valbuena, correspondiente a la diferencia salarial entre el Grado SIR 12 y el Grado SIR 14 y la entre el Grado SIR 6 y el Grado SIR 9 respectivamente, ambas de 40 (cuarenta) horas semanales, para fortalecer el funcionamiento de la Unidad Compras y Adjudicaciones;
2°.) que el Servicio de Liquidación de Haberes informa en la actuación Nº 4 los montos correspondientes de cada compensación;
CONSIDERANDO: 1º.) que al aprobarse la nueva compensación, corresponde dejar sin efecto la Resolución Nº 5011/21 de fecha 20 de diciembre de 2021, que prorrogó la asignación de tareas y responsabilidades superiores a la de su cargo al funcionario Sr. Ariel Díaz;
2º.) que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1°.- Dejar sin efecto a partir de la notificación de la presente resolución, la asignación de tareas y responsabilidades del funcionario Sr. Ariel Díaz, CI Nº 1.817.890, cuya última prórroga fue dispuesta por Resolución N° 5011/21 de fecha 20 de diciembre de 2021.-
2º.- Autorizar el pago de una compensación mensual al referido funcionario y al funcionario Sr. Andrés Valbuena, CI Nº 4.333.671, según lo informado en la actuación Nº 4, a partir de la notificación de la presente resolución y hasta el 30 de junio de 2023.-
3º.- Establecer que la erogación resultante será atendida con cargo a los códigos de Liquidación de Haberes correspondientes.-
4º.- Comuníquese al Departamento de Desarrollo Urbano, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, a los Servicios de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas y de Liquidación de Haberes, a las Unidades Información de Personal y Compras y Adjudicaciones, para las notificaciones correspondientes, y previa intervención de Contaduría General, pase al Servicio de Liquidación de Haberes, a sus efectos.-
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