VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con las obras sin permiso de construcción en ejecución, en el padrón Nº 431859, propiedad del Sr. Gerardo Ismael Delgado Denis, C.I.: 3.143.867-8, ubicado en Cno. Pascual Harriague Nº 4805, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 12, Municipio G;
RESULTANDO: 1º) que la Unidad de Control y Monitoreo Territorial informa que:
a) de las actuaciones cumplidas en el expediente N°2023-6446-98-000136, se constatan las obras sin permiso en ejecución, ubicadas en el padrón de referencia;
b) en virtud que las obras fueron detectadas durante su ejecución, se notificó de la sanción correspondiente en fechas 24 de agosto de 2023 y 28 de agosto de 2023, según actuaciones 4 y 9 del expediente de referencia;
c) corresponde aplicar una sanción de U.R. 98 (unidades reajustables noventa y ocho) por concepto de obras sin permiso detectadas en ejecución, de acuerdo a lo establecido en el Decreto N°21.626, artículo N°15, literal A), numeral 4, para una infracción mediana y entidad de la obra importante;
2º) que la Gerencia de Planificación Territorial comparte lo informado precedentemente y promueve el dictado de resolución que aplique una sanción al propietario del padrón Nº 431859 de U.R. 98 (unidades reajustables noventa y ocho) de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 21.626, artículo N.º 15, literal A), numeral 4, para una infracción mediana y entidad de la obra importante;
CONSIDERANDO: 1º) que se procedió de acuerdo a lo establecido en el Art. R.69 del Volumen II del Digesto y habiéndose conferido vista previa no se presentaron descargos;
2º) que de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 30 del artículo 19 de la Ley Nº 9.515, por las multas comprendidas entre más de 70 U.R. y hasta 350 U.R. corresponde, previo a su aplicación, solicitar anuencia al Deliberativo Departamental;
3º) que el Departamento de Planificación estima procedente el dictado de resolución en el sentido indicado;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º. Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
PROYECTO DE DECRETO
ARTÍCULO 1º.- Facúltase a la Intendencia de Montevideo a aplicar una multa de U.R. 98 (unidades reajustables noventa y ocho) al Sr. Gerardo Ismael Delgado Denis, C.I.: 3.143.867-8, propietario del padrón N.º 431859, ubicado en Cno. Pascual Harriague Nº 4805, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 12, Municipio G, por obras sin permiso de construcción en ejecución.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese.-
2º. Pase al Departamento de Secretaría General para su remisión a la Junta Departamental de Montevideo.-
2.15.0.0
2.15.0.0
2.15.0.0
2.15.0.0 |