Resolución N° 789/19
Nro de Expediente:
2018-5507-98-000062
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
11/2/2019


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Se aprueba el proyecto de contrato de donación modal a suscribirse entre esta Intendencia y la Asociación Civil Centro de Participación Popular (CPP).

Montevideo, 11 de Febrero de 2019.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la aprobación del proyecto de contrato de donación modal a suscribirse entre esta Intendencia y la Asociación Civil Centro de Participación Popular (CPP);
        RESULTANDO: 1o.) que dicha donación se enmarca en las políticas sociales que esta Intendencia desarrolla, con el objetivo de colaborar con aquellos sectores de la población que presentan dificultades para su inclusión social e inserción laboral, a través de la realización de una primera experiencia educativo-laboral dirigida a jóvenes en condiciones de vulnerabilidad;
        2o.) que se lleva a cabo la implementación de una nueva instancia del programa denominado “Espacio Ganado”- “jóvenes recuperando la ciudad” que se pone en marcha a través de un llamado abierto realizado en agosto de 2018 por los Departamentos de Desarrollo Ambiental y de Desarrollo Social, con las Divisiones Limpieza, de Políticas Sociales y de Espacios Públicos y Edificaciones, así como con la participación de la Secretaría de Empleabilidad para la Inclusión Social en cuanto a lo educativo laboral;
        3o.) que la Asociación Civil ha resultado adjudicataria para la propuesta de las tareas a desarrollarse en las zonas de los Municipios “D”, “E” y “F” de esta ciudad;
        4o.) que el texto de la donación modal a aprobarse fue elaborado por la División Políticas Sociales del Departamento de Desarrollo Social, posteriormente controlado por la División Asesoría Jurídica que efectuó puntualizaciones, las que fueron atendidas oportunamente;
        5o.) que la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental realizó la imputación SEFI No. 216966 por $ 6:262.960,oo correspondiente al monto total del la donación modal que pretende aprobarse;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental es de opinión favorable en que se dicte resolución en el sentido indicado;
        2o.) que a los efectos de la firma del convenio se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el Art. 280 de la Constitución de la República;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Se aprueba el siguiente proyecto de contrato de donación modal a suscribirse entre esta Intendencia y la Asociación Civil Centro de Participación Popular (CPP). DONACIÓN MODAL: En la ciudad de Montevideo, el...... de.................de dos mil diecinueve, entre: POR UNA PARTE: La INTENDENCIA DE MONTEVIDEO, en adelante la IdeM, RUT No. 211763350018, con domicilio en esta ciudad en la Avda. 18 de Julio No. 1360, representada en este acto por ........................... en su calidad de ................................................................., y POR OTRA PARTE: La Asociación Civil CENTRO DE PARTICIPACIÓN POPULAR en adelante la Asociación, RUT No. 214949810013, con domicilio en ...................................................., representada en este acto por ....................................... titular de la cédula de identidad número ............................... y por ............................, titular de la cédula de identidad número ............... en sus calidades de............y de.......... respectivamente,- convienen en celebrar el siguiente contrato: PRIMERO: ANTECEDENTES: I) La presente donación se enmarca en las políticas sociales que la IdeM desarrolla, con el objetivo de colaborar con aquellos sectores de la población que presentan dificultades para su inclusión social e inserción laboral, a través de la realización de una primera experiencia educativo-laboral dirigida a jóvenes en condiciones de vulnerabilidad. La política social por medio de los convenios educativo laborales apunta a la promoción de un proceso, a través del cual el/la joven incorpore herramientas que colaboren a mejorar su calidad de vida. En este marco se conceptualiza la experiencia teórico-práctica como instrumento pedagógico y socializador. II) En esta oportunidad se lleva a cabo la implementación de una nueva instancia del programa denominado “Espacio Ganado”- “jóvenes recuperando la ciudad”. Este se pone en marcha a través de un llamado abierto realizado en agosto de 2018 por los Departamentos de Desarrollo Ambiental y de Desarrollo Social con las Divisiones Limpieza, de Políticas Sociales y de Espacios Públicos y Edificaciones, asi como con la participación de la Secretaría de Empleabilidad para la Inclusión Social en cuanto a lo educativo laboral; está dirigido a organizaciones de la sociedad civil sin fines de lucro Grupo 16 Sub Grupo 07, exoneradas de aportes al BPS y a la DGI, que certifiquen componente educativo, interesadas en presentar propuestas socio educativas laborales destinadas a 15 (quince) jóvenes de 15 a 25 años en situación de vulnerabilidad socio-económica. Las propuestas estarán orientadas a la creación y/o recuperación de espacios de nuestra ciudad. La propuesta dará prioridad a los siguientes segmentos poblacionales: jóvenes entre 15 y 25 años, sin experiencia laboral formal previa y que se encuentren desempleados/as y en situación de vulnerabilidad socio económica, poniendo énfasis en personas con discapacidad, migrantes, afrodescendientes, personas trans, personas vinculadas a la clasificación de residuos sólidos urbanos y personas privadas de libertad y/o liberadas. III) La Asociación es una Asociación Civil sin fines de lucro y de carácter autónomo, fundada en enero de 1986, obteniendo su personería jurídica a partir del 1º de octubre de 1987, que tiene dentro de su objeto promover e implementar experiencias de organización y participación social con especial énfasis en los derechos humanos, cívicos, económicos, sociales y culturales; trabajar con y para organizaciones y grupos de base popular, especialmente en lo relacionado con los temas de género, infancia, adolescencia y juventud, integración y medio ambiente. Específicamente el trabajo con jóvenes y sus familias ha sido su rol tradicional y en especial los pertenecientes a sectores más desprotegidos y en situación de vulnerabilidad socio-económica, el cual se ha convertido en uno de los estandartes de la Asociación. En ese sentido cuenta con importantes antecedentes en convenios educativos-laborales y socio educativos en relación a esa población objetivo. IV) La Asociación ha resultado adjudicataria para la propuesta de las tareas a desarrollarse en las zonas de los Municipios “D”, “E” y “F”, las que se señalarán en la cláusula TERCERA del presente.- SEGUNDO: OBJETO: La IdeM dona a la Asociación la suma total de $ 6:262.960,oo (pesos uruguayos seis millones doscientos sesenta y dos mil novecientos sesenta) que será transferida a la caja de ahorro en pesos número 001561251-00001 del Banco de la República Oriental del Uruguay a nombre de la Asociación y se abonará en 3 (tres) partidas; la primera a la firma del convenio por $ 3:061.996,oo (pesos uruguayos tres millones sesenta y un mil novecientos noventa y seis), que comprende una partida inicial de $ 1:461.514,oo (pesos uruguayos un millón cuatrocientos sesenta y un mil quinientos catorce) y la primera cuota de 3 (tres) iguales de $ 1:600.482,oo (pesos uruguayos un millón seiscientos mil cuatrocientos ochenta y dos); la segunda cuota se transferirá a los cuatro meses del inicio del convenio por $ 1:600.482,oo (pesos uruguayos un millón seiscientos mil cuatrocientos ochenta y dos) y la tercera a los ocho meses del inicio del convenio también de $ 1:600.482,oo (pesos uruguayos un millón seiscientos mil cuatrocientos ochenta y dos). La suma mensual a ajustarse por Consejo de Salarios Grupo 16 Sub Grupo 07 es de $ 348.120,oo (pesos uruguayos trescientos cuarenta y ocho mil ciento veinte). Es de señalar que se encuentra pendiente el ajuste del Consejo de salarios de enero de 2019, asimismo se ajustará por IPC del período la suma mensual de $ 52.000,oo (pesos uruguayos cincuenta y dos mil). - TERCERO:MODO: A efectos de dar cumplimiento a los fines perseguidos por la presente donación detallados en el apartado I de la cláusula PRIMERO, la IdeM impone a la Asociación el cumplimiento del siguiente modo: 1) Llevar adelante la propuesta de acuerdo al proyecto aprobado, gestionarlo y orientarlo a la promoción y al desarrollo local y comunitario, en relación directa con los/las jóvenes seleccionados/as. Dicha propuesta se considera parte integrante de la presente donación modal, así como el pliego de condiciones y la memoria descriptiva de las tareas a desarrollarse. Las tareas deberán ser realizadas exclusivamente por la Asociación, resultando impedida de contratar a terceros a esos efectos. 2) Seleccionar e incorporar a las tareas a 15 jóvenes sin experiencia laboral formal, que no hayan participado en otros programas de la IdeM en los últimos dos años y que se encuentren en situación de vulnerabilidad socioeconómica, que se adecuen al perfil respecto del cual se presenta la propuesta señalado en el numeral II) de la cláusula de ANTECEDENTES. Los seleccionados deberán realizar 5 (cinco) horas diarias de dedicación al proyecto los días lunes, martes, jueves y viernes y los miércoles tendrán jornada de capacitación por cuatro horas, por lo cual totalizarán 24 (veinticuatro) horas semanales que incluyen la tarea a realizar y la capacitación teórica y práctica. Para llevar adelante la tarea de selección se asignará una partida única de 60 (sesenta) horas técnicas, por las cuales se transferirá la suma de $ 73.182,oo (pesos uruguayos setenta y tres mil ciento ochenta y dos) a la firma del presente (la misma se encuentra integrada a la partida inicial señalada en la cláusula segunda). Cumpliendo con las acciones que esta Secretaría prevé en las medidas planteadas para el 3er plan de Igualdad de la IdeM, se deberá realizar una selección paritaria de los y las jóvenes que participan en cada grupo. 3) Seleccionar a 5 (cinco) jóvenes que se adecuen a las condiciones referidas en el ítem anterior y que tendrán el carácter de suplentes y serán incorporados/as a las tareas cuando alguno/a de los titulares se vea impedido/a de realizarlas por causas ajenas a su voluntad o por renuncia, y serán remunerados/as solo si cumplen la función. 4) Inscribir a los/as jóvenes participantes en el BPS, FONASA y BSE. 5) Realizar la capacitación específica de los/as jóvenes seleccionados los/as que deberán estar relacionadas directamente con lo especificado en las memorias descriptivas de cada intervención (las que formarán parte integrante de este contrato), por lo cual podrán realizarse a modo de ejemplo capacitaciones en albañilería, pintura, carpintería, herrería, jardinería, etc, hasta un total de 100 (cien) horas en el año. Todo esto sin perjuicio de la capacitación en áreas transversales a las cuales también se le dedicarán 100 (cien) horas según el cronograma de Metodología y Actividades presentados por la Asociación en su propuesta, detallándose algunas de ellas en los literales siguientes: a) Brindar orientación vocacional-ocupacional de los/las jóvenes, salud sexual y salud reproductiva, desde la perspectiva de género.; b) Buscar alternativas de continuidad en el proceso de inserción de los/as jovenes; c) Abordar en forma transversal el consumo problemático de sustancias psicoactivas, desde una perspectiva de reducción de riesgos y daños, promoviendo la vinculación a dispositivos de tratamiento de baja exigencia, apuntando a la disminución de los consumos de alto riesgo. d) Capacitar en derechos y obligaciones laborales; seguridad y salud ocupacional. e) Efectuar capacitación en competencias básicas: alfabetización digital, cálculo, lecto escritura y desarrollo de habilidades comunicacionales. 6) Realizar el seguimiento del proceso educacional, el que deberá corresponder en un todo a lo expresado en la propuesta educativa presentada, el que deberá realizarse por un equipo profesional integrado por especialistas en distintas disciplinas sociales. En ese sentido la Asociación deberá presentar informes de lo actuado, en la oportunidad que lo establezca la Secretaria de Empleabilidad para la Inclusión Social.- 7) Gestionar acciones dirigidas a la creación y/o recuperación de espacios de nuestra ciudad, en esta instancia a espacios en los territorios de los Municipios “D”, “E” y “F” según surge de las memorias descriptivas ya enunciadas, donde surgen con detalle las tareas a realizar y que se identifican en los siguientes lugares: para el Municipio “D”. Dichos espacios comprenden la propuesta operativa y se identifican 2 (dos) lugares: I.- Barrio Casavalle.- Espacio a recuperar: “Julio “Peloduro” Suarez” entre Avda. Burgues y Avda. San Martín, CCZ 11, Tareas: nivelación de terreno para obra: 220 metros lineales; total de metros cuadrados de obra: 220 m2, comprende: a) nivelación de terreno para obra por la calle “Julio “Peloduro” Suárez” (acera norte) desde la Avda. Burgues hacia la Avda. San Martín, vereda de 1 m. de ancho de hormigón armado en el lugar, contrapiso y encofrado de madera. b) Colocación de seis bancos de hormigón a una distancia de cinco metros uno del otro. II.- Barrio Casavalle.- espacio a recuperar: “Avenida Burgues” entre “Julio “Peloduro” Suárez” y Br. Aparicio Saravia, CCZ 11, Tareas: Aceras: Total de metros cuadrados de obra de la acera oeste son 580 y de la acera este 280 y comprenden: corte de pasto y limpieza; nivelación del terreno; desmonte de tierra; acera con baldosones; acera con balasto; b) Plantación de árboles: se plantarán 8 (ocho) árboles separados cada 30 metros en la acera oeste.- para el Municipio “E”. Dichos espacios comprenden la propuesta operativa y se identifica 1 (un) lugar: barrio Malvín Norte, entre Espronceda y Mallorca, espacio a recuperar: Boix y Merino, CCZ 6. Tarea: Reparación de aceras ya existentes (este y oeste) de 2 metros de ancho; nivelación de terreno, corte de pasto, preparación de los muros adyacente para la realización de una intervención artística en los muros de ambas aceras: metros lineales de muro 30 metros de largo por 3 de alto (aceras este y oeste). Realización de la intervención artística. Para el Municipio “F”. Dichos espacios comprenden la propuesta operativa y se identifican 2 (dos) lugares: I).- Barrio Curva de Maroñas, espacio a recuperar: Calle Veracierto entre Pedro Saenz de Zumarán y Punta de Soto, CCZ 9. Tarea: a) corte de pasto y limpieza, nivelación, colocación de bolardos y colocación de baldosones de 1 metro por 1 metro en forma discontinuada de hormigón armado prefabricado, 90 m2. Colocación de 5 (cinco) bolardos de hormigón en el entorno de la vereda los que tendrán una separación de 2 (dos) metros entre sí.- II).- Barrio Curva de Maroñas.- espacio a recuperar: “Rambla Maestra Aurelia Viera” y Punta de Soto, CCZ 9. Tarea: Vereda. Corte de pasto y limpieza, nivelación del terreno para la obra: 40 m. lineales. Vereda de 1 m. de ancho de hormigón armado en el lugar, contrapiso y encofrado de madera. b) Colocación de 6 (seis) bancos de hormigón en el lugar.- 8) Si se propiciaran cambios en las zonas señaladas estos serán definidos por los Alcaldes en coordinación directa con la Secretaría de Empleabilidad para la Inclusión Social (División Políticas Sociales), División Limpieza, División Espacios Públicos y Edificaciones y la Asociación. (Se hará entrega a los interesados del listado y detalle de espacios a recuperar). 9) Dentro de la tarea a realizar por la Asociación se incluirá: a) Compra de insumos, herramientas y vestimenta para los jóvenes, los cuales deberán adecuarse a cada tarea a desarrollar y a los preceptos de seguridad e higiene determinados por las normas vigentes. b) contratación de vehículos, si esta corresponde para el desarrollo de las tareas. c) Realizar las tareas de difusión y sensibilización en la zona de impacto del programa. 10) Fomentar la inserción al sistema educativo formal de los/las jóvenes que no lo estén. 11) Nombrar un/a coordinador/a referente y un/a capataz/a, siendo de cargo del/la primero/a ser responsable ante los equipos de la IdeM integrado por representantes de la Secretaría de Empleabilidad para la Inclusión, la División Limpieza (Centro de Monitoreo) y División Espacios Públicos y Edificaciones, sin perjuicio de otras que surgen del pliego de bases de condiciones; el segundo/a deberá acreditar entre otras obligaciones que surgen del pliego formación específica acorde a las tareas operativas (albañilería, sanitaria, pintura, áreas verdes, herrería) con experiencia mínima de 3 (tres) años. 12) Posibilitar la realización de evaluaciones de la experiencia por parte de los jóvenes participantes al finalizar el convenio. 13) Articular con los Centros CAIF de la zona, a efectos de garantizar la participación y asiduidad de jóvenes madres y/o padres que participen del programa, que tengan hijos/as a cargo.14) Mantener fluida comunicación con los/las referentes designados/as por cada uno de los Municipios. 15) Asegurar la permanencia del personal propuesto durante la vigencia del convenio. 16) Presentar informes de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Secretaría de Empleabilidad para la Inclusión Social, de acuerdo a las pautas que determine. 17) Presentar las rendiciones de cuentas con la periodicidad que determine la Unidad Central de Auditoría Interna, y en concordancia con la modalidad de transferencia de las partidas pactadas en cada convenio. Los comprobantes deberán presentarse en original y duplicado, bajo la forma que indicará la IdeM a través de la referida Unidad. Los originales de los comprobantes de gastos deben ser presentados con informe de Revisión Limitada efectuada por contador público de acuerdo a lo establecido por Resolución No 2554/14 de fecha 23 de junio de 2014 de la entonces Intendenta de Montevideo. La Resolución recoge la obligatoriedad establecida en el Pronunciamiento No. 20 del Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay para todas las Rendiciones de Cuentas que se presenten ante esta Intendencia por las organizaciones que vayan a realizar convenios o a recibir donaciones modales aprobada por Resolución No. 4401/13 de fecha 30 de setiembre de 2013. En cada oportunidad que se efectúe rendición de cuentas la Asociación deberá adjuntar declaración jurada respecto de la veracidad del contenido del informe presentado por el Contador. 18) Presentar en tiempo y forma la documentación referida en el Capítulo IV del Pliego de Bases y condiciones, a las obligaciones laborales y de seguridad social y a los jóvenes participantes que sean menores de edad. 19) Exhibir los siguientes documentos: A) Declaración nominada de Historia laboral (artículo 87 de la ley Nº 16713 de 3 de setiembre de 1995) y recibo de pago de cotizaciones al organismo provisional. B) Certificado que acredite situación regular de pago de las contribuciones a la seguridad social a la entidad provisional que corresponda (artículo 663 de la ley Nº 16.170 de 28 de Diciembre de 1990). C) Constancia del Banco de Seguros del Estado que acredite la existencia del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. D) Planilla de control de trabajo, recibo de haberes salariales y en su caso, convenio colectivo aplicable. E) Datos personales de los participantes comprendidos en la ejecución del modo impuesto por la IdeM. 20) La Asociación coordinará directamente con los referentes de la Secretaría de Empleabilidad para la Inclusión Social y con un representante de cada Municipio a fin de viabilizar la comunicaciones. 21) Previamente, se requerirá aval firmado por las autoridades del Municipio correspondiente, a fin de que las autoridades de la zona se encuentren debidamente informadas del proyecto que se pretende llevar adelante en el barrio y por el cual la IdeM manifiesta su conformidad con él. CUARTO: ACEPTACIÓN Y PLAZO: La Asociación acepta la donación y se obliga a cumplir puntualmente el modo establecido en la cláusula anterior a partir de la firma del presente y durante el plazo de 1 (un) año.- QUINTO: CONTRALOR DEL CUMPLIMIENTO DEL MODO: La IdeM controlará: I) el cumplimiento de la ejecución del modo, el que será realizado por el Equipo Técnico de la Secretaría de Empleabilidad para la Inclusión Social en coordinación con los representantes de los Municipios “D”, “E” y “F”.- II) Que las rendiciones de cuentas sean presentadas de acuerdo a lo estipulado en el numeral 17) de la cláusula tercera.- III) Que la Asociación exhiba la documentación referida en el numeral 19) de la cláusula tercera.- IV) Que la Asociación cumpla con toda la legislación nacional vigente en la relación que se acuerde con los individuos que lleven adelante la ejecución del convenio y con los beneficiarios. La constatación de su incumplimiento en cualquier aspecto habilita a la IdeM a la inmediata rescisión del contrato.- SEXTO: RESPONSABILIDADES DE LA ASOCIACIÓN: La Asociación asume la totalidad de las responsabilidades emergentes de la relación trabada entre ella, los profesionales contratados para la ejecución del programa y los beneficiarios/as, así como las obligaciones legales y convencionales que por esa relación pudieran generarse con otros organismos estatales o terceros, respecto de las cuales la IdeM es por completo ajena. Asimismo la Asociación indemnizará en el caso de daños materiales o personales causados a funcionarios departamentales, municipales o a terceros, cuando se constatare la responsabilidad de los participantes del programa por acción, omisión o negligencia en el desempeño de las tareas desarrolladas en el cumplimiento del modo.- SÉPTIMO: MORA AUTOMÁTICA: La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el solo vencimiento de los términos establecidos, así como la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado.- OCTAVO: RESCISIÓN: I) El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo de la Asociación, dará lugar al inicio, previa constatación, de los trámites tendientes a la rescisión de esta donación por parte de la IdeM, quedando esta facultada a suspender en forma inmediata el pago de las sumas previstas en la cláusula segunda del presente contrato. Se considerará que la Asociación ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión cuando, notificada por escrito de la constatación, dentro del plazo de diez días no lo rectificara a satisfacción de la IdeM, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la Intendencia, que la Asociación declara conocer y aceptar II) Será asimismo causal especial de rescisión del contrato la constatación de falta de actuación por parte de la Asociación ante denuncias de Acoso Sexual Laboral de acuerdo a lo previsto en el Punto 3 Inc. 3 (ámbito de aplicación) del Protocolo de Actuación en Acoso Sexual Laboral aprobado por Resolución Nº 3419/12 del 3 de agosto de 2012 de la IdeM en el marco de la Ley Nº 18561 de fecha 11 de setiembre de 2009, normas que la Asociación declara conocer.- NOVENO: DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia.- DÉCIMO: COMUNICACIONES: Cualquier notificación o intimación que deben realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización. DECIMOPRIMERO: INDIVISIBILIDAD: Las partes acuerdan la indivisibilidad del objeto de las obligaciones contraídas en el presente contrato hasta la total extinción de las mismas.- DECIMOSEGUNDA: REPRESENTACIÓN: La Asociación acredita la representación invocada según certificado notarial expedido el .................... por el/la escribano/a................................- En prueba de conformidad, se firman cuatro ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.
        2o.-Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental la firma del contrato de donación modal que se aprueba en el numeral que antecede.
        3o.-Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, Recursos Financieros y Desarrollo Social, a la División Limpieza y a la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental, cumplido y previa intervención de Contaduría General, pase al Departamento de Desarrollo Ambiental a sus efectos.
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-