Resolución N° 108/24/6300
Nro de Expediente:
2024-1552-98-000074
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
16/7/2024


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 35 a la empresa Distribuidora Uruguaya de Combustibles S.A. (DUCSA), RUT No. 214421830010 con domicilio en Bvar. Juan Benito Blanco No. 3340, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 5, correspondiente al Municipio CH.-

Montevideo, 16 de Julio de 2024.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la infracción cometida por la empresa Distribuidora Uruguaya de Combustibles S.A. (DUCSA), RUT No. 214421830010 con domicilio en Bvar. Juan Benito Blanco No. 3340, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 5, correspondiente al Municipio CH;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas (SIME) dependiente de la Gerencia de Gestión Ambiental, informa que el día 15 de marzo del presente año, se inspeccionó al vehículo matrícula STP 7171, padrón No. 903283746, propiedad de CHANDUCS S.R.L., distribuidor DUCSA, destinado al transporte de Gas Licuado de Petróleo (GLP);
        2o.) que continúa indicando que, en la mencionada inspección se pudo constatar que el transporte de GLP portaba extintor vencido, labrándose acta No. 22.886;
        3o.) que dicha infracción encuadra en lo dispuesto en el artículo 14o. del Decreto No. 31.760, de fecha 6 de julio de 2006;
        4o.) que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo R.69 del Volumen II del Digesto Departamental, otorgándose la vista correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Asesoría Jurídica del Departamento de Desarrollo Ambiental expresa que, acorde a lo informado por el SIME y no siendo de recibo los descargos presentados, corresponde la aplicación de una multa de UR 35 a la empresa de referencia, por incumplimiento al artículo 14o. del Decreto No. 31.760, de fecha 6 de julio de 2006, en concordancia con el artículo 16o. del mismo cuerpo normativo;
        2o.) que la Gerencia de Gestión Ambiental se manifiesta de conformidad con lo actuado;
        3o.) que según Resolución No. 4242/20, de fecha 1o. de diciembre de 2020, la Intendenta de Montevideo delegó a la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la facultad de aplicar multas hasta un monto de UR 55 y que por Resolución No. 2973/24, de fecha 12 de julio de 2024, el Intendente de Montevideo confirmó todas las delegaciones vigentes a la fecha;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO AMBIENTAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Aplicar una multa de UR 35 (unidades reajustables treinta y cinco) a la empresa Distribuidora Uruguaya de Combustibles S.A. (DUCSA), RUT No. 214421830010 con domicilio en Bvar. Juan Benito Blanco No. 3340, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 5, correspondiente al Municipio CH, por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente resolución.
        2o.-Comuníquese al Municipio CH, a la Gerencia de Gestión Ambiental, a los Servicios Gestión de Contribuyentes y Centro Comunal Zonal No. 5; cumplido, pase al Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas para la notificación a la empresa infractora, a la que se le hará saber en dicho acto, que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a partir de la notificación, para el pago de la sanción impuesta, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento se ejecutará el cobro mediante acción judicial.

Dr. Ing. Guillermo Moncecchi, Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental.-