Resolución N° 4675/12
Nro de Expediente:
2230-058243-11
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
29/10/2012


Tema:
MODIFICACIONES

Resumen:
Se modifica el Numeral 1o.- de la Resolución No. 3270/12 de 6 de agosto de 2012, estableciendo que donde dice "padrones Nos. 8.367/001 y 8.367" debe decir "padrones Nos. 8.367/001 y 8.367/101".

Montevideo, 29 de Octubre de 2012.-
 
        VISTO: que en la Resolución No. 3270/12 de 6 de agosto de 2012, se declaró exonerada a la Asociación Civil "El Abrojo", al amparo del Art. 69o. de la Constitución de la República, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y adicionales que gravan a los inmuebles de su propiedad , padrones Nos. 8.367/001 y 8.367 ubicados en la calle Soriano No. 1153 y 1155 respectivamente, por el período 2004 a 2012 inclusive, por lo que la Intendencia dejará de percibir la suma total aproximada de $ 17.910,00;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que se padeció error en el numeral 1o.- de la referida Resolución, ya que donde dice "padrones Nos. 8.367/001 y 8.367", debe decir "padrones Nos. 8.367/001 y 8.367/101";
        2o.) que la División Administración de Ingresos sugiere el dictado de la resolución que modifique la Resolución No. 3270/12, de acuerdo al informe precedente;
        CONSIDERANDO: que el Director General del Departamento de Recursos Financieros provee de conformidad;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Modificar el Numeral 1o.- de la Resolución No. 3270/12 de 6 de agosto de 2012, estableciendo que donde dice "padrones Nos. 8.367/001 y 8.367" debe decir "padrones Nos. 8.367/001 y 8.367/101".-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-