Resolución N° 1023/06/4000
Nro de Expediente:
6344-003290-05
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
7/11/2006


Tema:
RATIFICACIONES

Resumen:
Ratificar Decreto N° 31.846 imponer multa de 124 U.R. a La RINCO 2005 S.R.L. por infracción sanitaria en Rincón Nos. 732/34.-

Montevideo, 7 de Noviembre de 2006.-
 
        VISTO: la facultad otorgada a esta Intendencia Municipal por Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 31.846 del 5/X/06 promulgado por Resolución N° 4193/06 del 23/X/06;
        RESULTANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que los motivos que originaron la Resolución Nº 4867/05 del 31/X/05, mantienen su vigencia y oportunidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.218/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Imponer una multa de 124 U.R. (ciento veinticuatro unidades reajustables), a LA RINCO 2005 S.R.L., RUC Nº 21 514986 0014, propietaria del inmueble empadronado con el Nº 4.807, sito en la calle Rincón Nºs. 732/34, con domicilio en el mismo, por infracción al Art. 13º (obras sanitarias sin permiso) del Decreto N° 2.781 (Ordenanza de Obras Sanitarias Domiciliarias), de acuerdo con lo que establece el Art. 16° del Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84.-
        2°.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 10 (diez) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ESC HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-