Resolución N° 1131/06/4000
Nro de Expediente:
3230-025649-06
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
1/12/2006


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Autorizar al Sr. Daniel Arriola, C.I. Nº 1:455.581-9, el uso de la explanada de la Playa Ramírez, para llevar a cabo un evento con jóvenes referido a la drogadicción y temas conexos, el día 2/XII/06.-

Montevideo, 1 de Diciembre de 2006.-
 
        VISTO: la solicitud del Sr. Daniel Arriola, C.I. Nº 1:455.581-9, para que se le conceda el uso de la explanada de la Playa Ramírez, para llevar a cabo un evento con jóvenes referido a la drogadicción y temas conexos, el día 2/XII/06, en el horario de 18:00 a 24:00 horas;
        RESULTANDO: 1º) que la Junta Local de la Zona Nº 2 presta su conformidad;
        2º) que la Unidad Gestión de Calidad informa que: a) queda prohibido el ingreso de vehículos a la playa y a estacionar los mismos sobre la calzada; b) se debe prever un sistema de gestión de residuos y c) finalizado el evento se inspeccionará el espacio donde se desarrolle la actividad;
        3º) que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones no tiene objeciones que oponer a la solicitud planteada, responsabilizándose al solicitante de: a) cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado, tomando todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) todo deterioro que se produzca en dicho predio como consecuencia del acto programado, debiendo restituirlo en correctas condiciones de limpieza, higiene y mantenimiento, debiendo prever un sistema de gestión de residuos, siendo a su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos y demás instalaciones del espacio, prohibiéndose terminantemente el ingreso de vehículos a la playa y su estacionamiento sobre la Rambla; c) no utilizar los ornamentos vegetales como sostén de equipo sonoro u otros elementos; d) en caso de utilizar equipo de amplificación, los decibeles deberán ajustarse a la normativa vigente y e) realizar las coordinaciones correspondientes con el Servicio Central de Inspección General;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar al Sr. Daniel Arriola, C.I. Nº 1:455.581-9, el uso de la explanada de la Playa Ramírez, para llevar a cabo un evento con jóvenes referido a la drogadicción y temas conexos, el día 2/XII/06, en el horario de 18:00 a 24:00 horas, condicionado a que el solicitante: a) deberá cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado, tomando todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) será responsable de todo deterioro que se produzca en dicho predio como consecuencia del acto programado, debiendo restituirlo en correctas condiciones de limpieza, higiene y mantenimiento, debiendo prever un sistema de gestión de residuos, siendo a su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos y demás instalaciones del espacio, prohibiéndose terminantemente el ingreso de vehículos a la playa y su estacionamiento sobre la Rambla; c) no podrá utilizar los ornamentos vegetales como sostén de equipo sonoro u otros elementos; d) en caso de utilizar equipo de amplificación, los decibeles deberán ajustarse a la normativa vigente y e) deberá realizar las coordinaciones correspondientes con el Servicio Central de Inspección General.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local de la Zona Nº 2 y al Servicio Central de Inspección General, a la Unidad de Gestión de Calidad y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

SR. DANIEL ESPOSITO, Director General (I).-