Resolución N° 43/23/6300
Nro de Expediente:
2023-2055-98-000003
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
21/6/2023


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 30 a la empresa TEYMA URUGUAY S.A. Y TEYMA MEDIOAMBIENTE S.A.

Montevideo, 21 de Junio de 2023.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la empresa TEYMA URUGUAY S.A. Y TEYMA MEDIOAMBIENTE S.A., RUT No. 214918150011, con domicilio en Avenida Uruguay No. 1283, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 1, perteneciente al Municipio B;
        RESULTANDO: 1o.) que la Unidad a cargo del control del contrato informa que, a la empresa se le adjudicó la Compra Directa por Excepción (CDE) No. 114929 “Prestación de Servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de la Vía Pública y Transporte de material hasta su Disposición Final”;
        2o.) que continúa informando que, en inspecciones realizadas el día 6 de febrero del corriente año, se detectó el incumplimiento en la recolección y vaciado de contenedores secos EASY en el circuito No. 4, así como también la falta de mantenimiento del entorno de los contenedores, siendo los límites del circuito las calles Santiago de Chile, Germán Barbato, Rambla Sur, Zelmar Michellini, Cuareim y La Paz;
        3o.) que además expresa que, en la misma fecha se comunicó a la empresa de las situaciones constatadas, informando de las infracciones cometidas y otorgando el plazo para la presentación de descargos, los que fueron presentados por la empresa, no siendo considerados de recibo;
        CONSIDERANDO: 1o.) que las acciones cometidas por la empresa contravienen lo estipulado en el Pliego de Condiciones Particulares que rigió para la compra, en su Capítulo V, Penalidades por faltas en el servicio - Inciso No. 4 establece: "Incumplimiento de los programas de Servicio" e Inciso No. 20: "Incumplimiento en el mantenimiento adecuado de los contenedores y limpieza del entorno (radio de 5 metros)" es pasible de multa de UR 25 a 50 (unidades reajustables veinticinco a cincuenta ) y de UR 5 a 10 (unidades reajustables cinco a diez ) respectivamente por deficiencia, por lo que se solicita la aplicación de una multa de UR 30 (unidades reajustables treinta);
        2o.) que la Dirección de la División Limpieza dio trámite a estas actuaciones para la aplicación de la multa solicitada;
        3o.) que por Resolución No. 4242/20, de fecha 1o. de diciembre de 2020, la Intendenta de Montevideo delegó a la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental la facultad de aplicar multas hasta un monto de UR 55;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO AMBIENTAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Aplicar una multa de UR 30 (unidades reajustables treinta) a la empresa TEYMA URUGUAY S.A. Y TEYMA MEDIOAMBIENTE S.A., RUT No. 214918150011, con domicilio en Avenida Uruguay 1283, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 1, perteneciente al Municipio B, por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente resolución.
        2o.-Comuníquese a Contaduría General, al Municipio B, a los Servicios Centro Comunal Zonal No. 1, Gestión de Contribuyentes y a la Unidad Control CAP (Unidad 2055); cumplido, pase a la División Limpieza y Gestión de Residuos para notificación a la empresa infractora y proceda a descontar el importe de la multa impuesta de la facturación mensual como lo prevé el Pliego de Condiciones.

Dr. Ing. Guillermo Moncecchi, Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental.-