Resolución N° 5209/18
Nro de Expediente:
2018-3250-98-000387
 
DESARROLLO URBANO
Fecha de Aprobación:
12/11/2018


Tema:
VIVIENDAS

Resumen:
Se amplía el área de competencia asignada a la Oficina de Rehabilitación, creada por Resolución Nº 2429/10 del 7/VI/10 incluyendo en el Programa las fincas ubicadas en el Barrio La Blanqueada y se aprueba el Programa de Rehabilitación de Viviendas en el Barrio La Blanqueada.-

Montevideo, 12 de Noviembre de 2018.-
 
        VISTO: que en el marco del convenio de cooperación entre esta Intendencia y el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, con el fin de ampliar y consolidar el Programa de Rehabilitación de Viviendas, se promueve la creación de una oficina similar a las anteriores, denominada Oficina de Rehabilitación La Blanqueada;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Tierras y Viviendas dado el balance positivo de las experiencias, propicia desarrollar el Programa en dicho barrio, delimitado por las calles Bvar. Gral. Artigas, Monte Caseros, Avda. Dr. Luis Alberto de Herrera, Avda. Ramón Anador, Avda. Cataluña, Avda. Dr Américo Ricaldoni, Lord Ponsomby, Bvar. Gral. Artigas;
        2º) que en tal sentido se promueve ampliar los cometidos de la Oficina de Rehabilitación creada por Resolución Nº 2429/10 del 7/VI/10;
        3º) que el Municipio CH entiende que lo propuesto es beneficioso para el área ya que promoverá su recuperación así como la ocupación de mano de obra desempleada de la zona;
        4º) que la División Tierras y Hábitat comparte lo actuado;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano entiende que corresponde proceder de conformidad;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Ampliar el área de competencia asignada a la Oficina de Rehabilitación, creada por Resolución Nº 2429/10 del 7/VI/10 incluyendo en el Programa las fincas ubicadas en el Barrio La Blanqueada, delimitado por las calles Bvar. Gral. Artigas, Monte Caseros, Avda. Dr. Luis Alberto de Herrera, Avda. Ramón Anador, Avda. Cataluña, Avda. Dr Américo Ricaldoni, Lord Ponsomby, Bvar. Gral. Artigas.-
        2º.- Aprobar el Programa de Rehabilitación de Viviendas en el Barrio La Blanqueada siguiendo el mismo criterio dado por Resolución Nº 1646/07 del 14/V/07, cuyo objetivo es preservar el patrimonio y evitar su deterioro, posibilitando restaurar, rehabilitar y reformar sus viviendas con asistencia técnica de modo de mejorar la calidad de vida de sus habitantes y lograr su permanencia en el barrio.-
        3º.- Designar como ordenador secundario de gastos para el otorgamiento de las adjudicaciones de préstamos en el marco del Proyecto referido, al Director del Servicio de Tierras y Viviendas.-
        4º.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano la facultad de suscribir los futuros convenios que tengan por objeto la participación de las personas beneficiarias en el Programa que se aprueba por la presente Resolución.-
        5º.- Comuníquese al Municipio CH, a la División Tierras y Hábitat y pase al Servicio de Tierras y Viviendas.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-