VISTO: la solicitud presentada por la funcionaria Sra. Jimena Robaina y por el funcionario Sr. Salvador Martínez, en la que solicitan se les otorgue, por vía de excepción, el horario de trabajo establecido en el artículo R.166 del Volumen III del Digesto Departamental;
RESULTANDO: 1º.) que por Resolución Nº 0896/22 de fecha 4 de marzo de 2022, fueron contratados como resultado del concurso abierto de oposición y méritos Nº 1327-C1/21, para cubrir cargos de ingreso a la Carrera 4104-Docente de Extensión Cultural y Divulgación Científica para la especialidad Maestro/a de Educación Inicial, perteneciente al Escalafón Cultural y Educativo C1, Nivel de Carrera IV, con destino al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, Centro de Educación Inicial, con una carga horaria de 30 (treinta) horas semanales en régimen de 6 (seis) horas diarias;
2º.) que por Resolución Nº 5833/17 de fecha 27 de diciembre de 2017 y sus ampliatorias, se dispuso mantener, por vía de excepción, el horario de trabajo establecido en el artículo R.166 del Volumen III del Digesto, a varios funcionarios docentes que se desempeñaban fuera del Departamento de Cultura;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima pertinente el dictado de resolución en el sentido solicitado;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Ampliar la Resolución Nº 5833/17 de fecha 27 de diciembre de 2017 e incorporar a los/as siguientes funcionarios/as, por vía de excepción y a partir de la notificación de la presente resolución, el horario de trabajo establecido en el Art. R.166 del Vol. III del Digesto:
Nombre Cédula
Sra. Jimena Robaina CI Nº 4.572.491
Sr. Salvador Martínez CI Nº 3.463.279
2º.- Establecer que las incorporaciones a este régimen de labor excepcional se mantendrán exclusivamente en tanto los/as funcionarios/as continúen desempeñandose en las mismas unidades y tareas para las cuales fueron autorizados/as.-
3º.- Comuníquese a la División Administración de Personal, a los Servicios de Liquidación de Haberes y de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas, a las Unidades Información de Personal y Centro de Educación Inicial, para la notificación correspondiente y pase al Servicio de Administración de Gestión Humana, a sus efectos, cumplido, pase a la División Administración de Personal de acuerdo a lo establecido en obrados.-
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