Resolución N° 993/16/2000
Nro de Expediente:
2016-2230-98-000827
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
17/8/2016


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerado al Club Banco República, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 174.420/001, 174.416/001, 149.801/001, 174.419/001, 31.270, 188.176 y 32.499, por los ejercicios 2015 a 2019, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 2.041.224,00.

Montevideo, 17 de Agosto de 2016.-
 
        VISTO: la gestión iniciada por el Club Banco República por la que solicita exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria y de la Tasa General que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 174.420/001, 174.416/001, 149.801/001, 174.419/001, 31.270, 188.176 y 32.499;
        RESULTANDO: 1o.) que el referido Club ya ha sido beneficiado con la franquicia fiscal en anteriores oportunidades;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que por concepto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales le corresponde a los mencionados padrones un porcentaje de exoneración del 100% de acuerdo a lo establecido en el Art. 69 de la Constitución de la República, por los ejercicios 2015 a 2019, dejando de percibir anualmente esta Intendencia la suma total aproximada de $ 2.041.224,00;
        3o.) que respecto a la Tasa General, el mencionado Servicio exoneró a dicho Club por los ejercicios 2015 a 2016, según Resolución Interna No. 058/2016 de 30/06/2016, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto No. 26.949 de 14/12/1995;
        4o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo expresado precedentemente, por lo que corresponde el dictado de la Resolución que otorgue la exoneración solicitada;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3250/15 de 9 de julio de 2015, el Intendente de Montevideo, delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de conceder exoneraciones tributarias a instituciones culturales y de enseñanza privada;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Club Banco República, al amparo de lo previsto en el Art. 69 de la Constitución de la República, del pago del 100% (cien por ciento) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 174.420/001, 174.416/001, 149.801/001, 174.419/001, 31.270, 188.176 y 32.499, por los ejercicios 2015 a 2019, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 2.041.224,00 (pesos uruguayos dos millones cuarenta y un mil doscientos veinticuatro).-
        2o.- En caso de modificarse cualquiera de las condiciones que dan mérito a la exoneración que se otorga, es obligación de la beneficiario, informar a la Intendencia de dichas modificaciones.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para notificación del interesado demás efectos.-

Ec. Juan Voelker, General del Departamento de Recursos Financieros.-