Resolución N° 3959/18
Nro de Expediente:
2018-1001-98-000596
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
31/8/2018


Tema:
RECURSOS

Resumen:
Se hace lugar, únicamente por motivos formales, al recurso de reposición interpuesto por el Centro Cultural y Deportivo El Tanque Sisley y se deja sin efecto la Resolución Nº 845/09, de 9/3/09, por la cual se dispuso revocar la Resolución No. 179.956, de 13/9/82, por la que se le cedió al Club El Tanque Sisley el uso con carácter precario y revocable del predio de propiedad departamental ubicado con frente a la Av. Santa Mónica entre Rambla Tomás Berreta y la calle Gral. Máximo Tajes y encomendar al Servicio de Actividades Contenciosas tramitar ante el Poder Judicial las acciones judiciales tendientes a obtener la recuperación del citado inmueble.-

Montevideo, 31 de Agosto de 2018.-
 
          VISTO: el recurso de reposición interpuesto por el Centro Cultural y Deportivo El Tanque Sisley contra la Resolución Nº 845/09, de 9/3/09 y por la cual se dispuso revocar la Resolución No. 179.956, de 13/9/82, por la que se le cedió al Club El Tanque Sisley el uso con carácter precario y revocable del predio de propiedad departamental ubicado con frente a la Av. Santa Mónica entre Rambla Tomás Berreta y la calle Gral. Máximo Tajes y encomendar al Servicio de Actividades Contenciosas tramitar ante el Poder Judicial las acciones judiciales tendientes a obtener la recuperación del citado inmueble;
          RESULTANDO: 1o.) que el recurrente se agravia en que el acto atacado fue dictado sin habérsele conferido vista previa, entre otras consideraciones;
          2o.) que la Unidad Asesoría indica que desde el punto de vista adjetivo el recurso fue presentado en tiempo y forma;
          3o.) que desde el punto de vista sustancial se expresa que del análisis de las actuaciones cumplidas se desprende que efectivamente no se dio vista en forma previa al dictado de la Resolución Nº 845/09, de 9/3/09;
          4o.) que por tanto correspondería dejar sin efecto el acto atacado y posteriormente remitir las actuaciones a la Unidad Comisiones a efectos que la Comisión Mixta se sirva indicar exhaustivamente los aspectos de hecho y fundamentos de derecho que motivarían la resolución por la cual se revocaría la cesión de uso del predio; posteriormente correspondería conferir vista del citado dictamen al Centro Cultural y Deportivo El Tanque Sisley y, en caso de aportarse nuevos elementos, deberían ser estos analizados por la Comisión de referencia en forma previa al dictado de resolución final;
          5o.) que por los fundamentos expuestos la Unidad Asesoría sugiere el dictado de resolución por la cual se haga lugar, únicamente por motivos formales, al recurso de reposición interpuesto y se deje sin efecto la Resolución Nº 845/09 de 9/3/09 y sugiere que en forma posterior se proceda de conformidad con lo indicado en el resultando precedente;
          CONSIDERANDO: que la División Asesoría Jurídica remite las actuaciones para su consideración;
          EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1.- Hacer lugar, únicamente por motivos formales, al recurso de reposición interpuesto por el Centro Cultural y Deportivo El Tanque Sisley y dejar sin efecto la Resolución Nº 845/09, de 9/3/09, por la cual se dispuso revocar la Resolución No. 179.956, de 13/9/82, por la que se le cedió al Club El Tanque Sisley el uso con carácter precario y revocable del predio de propiedad departamental ubicado con frente a la Av. Santa Mónica entre Rambla Tomás Berreta y la calle Gral. Máximo Tajes y encomendar al Servicio de Actividades Contenciosas tramitar ante el Poder Judicial las acciones judiciales tendientes a obtener la recuperación del citado inmueble.-
          2.- Pase al Departamento de Secretaría General para notificar al interesado y proceder de conformidad con lo indicado en el Resultando 4º.) de la





          presente Resolución y demás efectos.-
JUAN CANESSA, Intendente de Montevideo (I).-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-