Resolución N° 317/12/8000 | Nro de Expediente:
9055-003783-12 |
CULTURA | Fecha de Aprobación:
30/7/2012 |
Tema:
MODIFICACIÓN
Resumen:
Modificar el numeral 1o. de la Resolución Nº 244/12/8000 de 25/06/2012,referente a la fijación de aranceles para las actuaciones de la Comedia Nacional, en la forma que se indica.-
Montevideo, 30 de Julio de 2012.- |
VISTO: que por Resolución Nº 244/12/8000 de 25/06/2012, se fijaron los aranceles para las actuaciones de la Comedia Nacional, que impliquen modificaciones en las categorías y remuneraciones de los contratos eventuales, durante la Temporada 2012;
RESULTANDO: que se constató un error en el informe en el cual se basó la redacción del citado acto administrativo, porque en el mismo se establecieron solamente los montos líquidos a percibir, omitiéndose los montos nominales;
CONSIDERANDO: que se entiende pertinente modificar el citado acto administrativo, salvando el error cometido;EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA
EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
RESUELVE: 1.- Modificar la Resolución Nº 244/12/8000 de 25/06/2012, por la cual se fijaron los aranceles para las actuaciones de la Comedia Nacional, que impliquen modificaciones en las categorías y remuneraciones de los contratos eventuales durante la Temporada 2012, el cual quedará redactado de la siguiente manera: CATEGORÍA Y REMUNERACIONES DE CONTRATOS EVENTUALES: Aranceles mínimos que guardan relación entre los acuerdos históricos con la Sociedad Uruguaya de Actores (SUA) y el Escalafón Cultural y Educativo de la Intendencia de Montevideo.
Para el caso del trabajo de los actores se tiene en cuenta una carga horaria promedio entre los períodos de ensayos y de funciones de 60 (sesenta) horas
por mes. Las cifras nominales se aplicarán de acuerdo al Convenio entre la IdeM y las cooperativas de trabajo artístico.ACTUACIÓN
Remuneración Mensual
CATEGORÍAS | MONTO LÍQUIDO | MONTO NOMINAL |
PROTAGÓNICO | $ 28.000,00 | $ 35.140,00 |
CO – PROTAGÓNICO | $ 23.000,00 | $ 28.865,00 |
REPARTO | $ 20.000,00 | $ 25.100,00 |
COMPLEMENTARIO | $ 16.000,00 | $ 20.080,00 |
FIGURANTE C / LETRA | $ 10.000,00 | $ 12.550,00 |
FIGURANTE | $ 6.000,00 | $ 7.530,00 |
Nota 1: Esta remuneración mensual se aplicará prorrateada cuando corresponda a períodos de Teatro Repertorio o de Reposición de solo una o dos funciones a la semana, a las giras esporádicas fuera de la temporada de estreno de la obra o a las sustituciones temporales.
Nota 2: En caso de que el artista trabaje en dos obras al mismo tiempo (función de una temporada de estreno y ensayo de otra nueva), cobrará el total de la categoría mayor y la mitad de la categoría menor para la que está contratado. El criterio aconsejable a seguir sería no contratar un mismo actor para dos obras que se realizan al mismo tiempo, como forma de generar trabajo para más actores.
Nota 3: El Director General y Artístico junto al Consejo Artístico, determinará la categoría a asignar según la categorización del libreto, teniendo el actor a la Sociedad Uruguaya de Actores (SUA) para mediar en caso de reclamo.
RUBRO | FORMA DE PAGO | MONTO LÍQUIDO | MONTO NOMINAL |
DIRECCIÓN | Dividir por nro. de meses | $ 84.000,00 | $ 105.420,00 |
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Diseño Vestuario o Escenografía | Dividir por nro. de meses | $ 42.000,00 | $ 52.710,00 |
Diseño de Luces | Dividir por nro. de meses | $ 32.000,00 | $ 40.160,00 |
Diseño de Espacio Escénico o Ambientación Escénica | Dividir por nro. de meses | $ 24.000,00 | $ 30.120,00 |
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Un Músicos Ejecutante en vivo | Cada mensualidad | $ 18.000,00 | $ 22.590,00 |
Músico Ejecutantes en vivo c/u | Cada mensualidad | $ 12.000,00 | $ 15.060,00 |
Un músico en Grabación | Un pago de: | $ 4.000,00 | $ 5.020,00 |
Músicos en Grabación c/u | Un pago de: | $ 3.000,00 | $ 3.765,00 |
Música Compuesta | Dividir por nro. de meses | $ 18.000,00 | $ 22.590,00 |
Música (recopilada y/o arreglada) | Dividir por nro de meses | $ 11.000,00 | $ 13.805,00 |
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Maestro preparador (Esgrima, coreografía, canto, etc.) | Dividir por nro. de meses | $ 18.000,00 | $ 22.590,00 |
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Diseño de caracterización (Maquillaje o Máscaras) | Dividir por nro. de meses | $ 14.000,00 | $ 17.550,00 |
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Traspunte, Apuntador y/o Sonido | Cada mensualidad | $ 14.000,00 | $ 17.550,00 |
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Autor Nacional | Un pago de: | $ 32.000,00 |  |
Traducción (cifras no acumulables) |  | Prueba Definitiva |  |
 | Un pago de: | $ 4.000,00 | $ 16.000,00 |
Nota 1: En el caso de Diseño de Vestuario se considerará el arancel de Diseño de Luces cuando el trabajo requerido tenga estas características:
1. hasta seis trajes de época o no convencionales
2. hasta diez trajes convencionales o contemporáneos
Nota 2: En el caso de Maestro preparador o Diseño de caracterización se considerará las dos terceras partes de las cifras correspondientes cuando las obras sean de pequeño o mediano formato.
Nota 3: Quien realice dos rubros en el mismo espectáculo cobrará un 50 % (cincuenta por ciento) por el segundo, cuando las cifras de los dos rubros no sean iguales se aplicará el 50% (cincuenta por ciento) al rubro menor.
Nota 4: En el caso de Reposiciones, para sala o gira, con cambios significativos o luego de un tiempo, para los Directores, Diseñadores y Maestros Preparadores, la remuneración será el equivalente a una tercera parte del valor original.
Ejemplo: cambio de protagónico, sustitución de varios actores, cambios espaciales, cambio de todo un vestuario o parte importante del mismo, de una escenografía, plan de luces, etc.
Sin un cambio es o no significativo será estudiado y evaluado por el director de la obra y el Director General y Artístico, junto al Consejo Artístico de la Comedia Nacional.
2.- Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros, y Gestión Humana y Recursos Materiales; a la División Promoción Cultural; a los Servicios Relaciones Públicas, y Prensa y Comunicación; a la Oficina Gestión Presupuestal de este Departamento; y pase a la Unidad Comedia Nacional.-
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SR. HÉCTOR GUIDO, Director General del Departamento de Cultura.- |
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