Resolución N° 740/18/1500
Nro de Expediente:
2018-7524-98-000004
 
MOVILIDAD
Fecha de Aprobación:
25/7/2018


Tema:
TRÁNSITO PREFERENCIAL Y FLECHAMIENTO

Resumen:
Establecer los diferentes sentido único de circulación en la zona comprendida entre Bv. Gral. Artigas, Av. Sarmiento, Av. Julio Herrera y Reissig y Av. Julio María Sosa.

Montevideo, 25 de Julio de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones tendientes a reordenar el tránsito en la zona comprendida entre Bv. Gral. Artigas, Av. Sarmiento, Av. Julio Herrera y Reissig y Av. Julio María Sosa;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Ingeniería de Tránsito informa que: a) esta iniciativa surge de la necesidad de organizar el tránsito que se ha visto incrementado por la presencia de la Facultad y la instalación del Edificio Polifuncional en la senda Nelson Landoni; b) las calles José H. Figueira, Ibiray, Itapúa, Patria e Ing. Carlos María Maggiolo son de perfil barrial, tienen aproximadamente 8 metros de ancho, doble circulación y se permite el estacionamiento en ambas aceras; c) con el caudal vehicular actual se generan situaciones de riesgo, por lo que se busca resguardar el perfil barrial que se tiene en esta zona; y d) por lo expuesto y contemplando la alta demanda de estacionamiento existente se entiende conveniente establecer los diferentes sentidos únicos de circulación;
        2º) que la División Tránsito presta su conformidad a lo informado por el Servicio actuante, sugiriendo el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3255/15 del 9 de julio de 2015 el Intendente de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Movilidad la facultad entre otras de establecer preferencias de circulación vehicular en las vías de tránsito,
        ordenando asimismo, la colocación de las señalizaciones correspondientes;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE MOVILIDAD
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Establecer sentido único de circulación en: i) la calle José H. Figueira de Este a Oeste en el tramo comprendido por Bv. Gral. Artigas y Av. Julio Herrera y Reissig; ii) la calle Ibiray de Oeste a Este, en el tramo comprendido por Bv. Gral. Artigas y Av. Julio Herrera y Reissig; iii) la calle Itapúa de Este a Oeste, en el tramo comprendido por Bv. Gral. Artigas y Av. Julio Herrera y Reissig; iv) la calle Patria de Norte a Sur, en el tramo comprendido por Av. Sarmiento y Av. Julio María Sosa; y v) la calle Ing. Carlos María Maggiolo de Sur a Norte, en el tramo comprendido por Av. Sarmiento y Av. Julio María Sosa.
        2.- Disponer que el Servicio Ingeniería de Tránsito realice las señalizaciones correspondientes.
        3.- Comuníquese al Municipio B, a las Divisiones Tránsito y Transporte, al Servicio Inspección de Tránsito, y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.

PABLO INTHAMOUSSU, Director General del Departamento de Movilidad.-