Resolución N° 2003/22
Nro de Expediente:
2022-5500-98-000050
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
23/05/2022


Tema:
CONVENIOS/CONTRATOS

Resumen:
APROBAR EL TEXTO DE CONVENIO DE COOPERACIÓN A SUSCRIBIRSE ENTRE "EL CENTRO DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN E INFORMACIÓN DEL APRENDIZAJE (CEDIIAP) Y ESTA INTENDENCIA, PARA LLEVAR ADELANTE ACTIVIDADES DE COLABORACIÓN ACADÉMICA Y RELACIONES DE INTERCAMBIO ENTRE AMBAS INSTITUCIONES.-

Montevideo, 23 de Mayo de 2022.-
 

                      VISTO: las presentes actuaciones elevadas por la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social, tendientes a aprobar el texto de convenio de cooperación a suscribirse entre "El Centro de Docencia, Investigación e Información del Aprendizaje (CEDIIAP) y esta Intendencia;

                        RESULTANDO: 1o.) que el citado Departamento tiene entre sus cometidos formular, supervisar y ejecutar políticas públicas atendiendo especialmente a los sectores más vulnerables de la sociedad entre el que se destaca la infancia , así como el de diseñar y ejecutar un conjunto de políticas sociales que fortalezcan el proceso de descentralización que se viene desarrollando en esta Administración;

2o.) que el CEDIIAP fue fundado en el año 1995 y habilitado como Instituto Universitario por el Ministerio de Educación y Cultura (MEC) a partir de marzo del 2001;

3o.) que dicha institución impulsa el desarrollo y fortalecimiento de las funciones esenciales de las instituciones universitarias: la enseñanza, la investigación y la extensión; y además está abocado a la formación con rigor científico, de profesionales de excelencia que promuevan el avance de cada disciplina, actuando desde la ética y el compromiso, siendo profesionales de vanguardia en la promoción, prevención y atención del desarrollo infantil;

4o.) que el convenio cuya aprobación se propicia tiene por objeto elaborar y ejecutar, de común acuerdo programas y proyectos de cooperación, actividades de colaboración académica y relaciones de intercambio entre ambas instituciones, las que serán objeto de acuerdos complementarios que especificarán objetivos, modalidades, metodología de trabajo y obligaciones de cada una de ellas;

5o.) que la Dirección General del Departamento solicita se apruebe el texto de convenio de cooperación a suscribirse con el CEDIIAP;

6o.) que la Unidad de Convenios y Asesoría Legal elevó el texto de convenio que se pretende suscribir por el plazo de 1 (un) año a partir de su firma, el que se renovará automáticamente por igual período, salvo que alguna de las partes manifieste su voluntad en contrario con una anticipación mínima de 30 (treinta) días al vencimiento del plazo original o sus eventuales prórrogas;

7o.) que el Equipo Técnico Contralor de Contratos no formuló observaciones al texto propuesto de cooperación;

                         CONSIDERANDO: 1o.) que se estima pertinente el dictado de resolución en el sentido indicado;

2o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el artículo 280 de la Constitución de la República;

LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Aprobar el texto de convenio de cooperación a suscribirse entre "El Centro de Docencia, Investigación e Información del Aprendizaje (CEDIIAP) y esta Intendencia en los siguientes términos:

CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO Y EL CENTRO DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN E INFORMACIÓN DEL APRENDIZAJE • En la ciudad de Montevideo, el .................... de .................... del dos mil veintidós comparecen: POR UNA PARTE: La Intendencia de Montevideo en adelante la IdeM, inscripta en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el Nº 211763350018, representado/a en este acto por el/la Sr/Sra. .................... en su calidad de ...................., con domicilio en la Avda 18 de Julio Nº 1360 de esta ciudad, y POR OTRA PARTE: El Centro de Docencia, Investigación e Información del Aprendizaje en adelante CEDIIAP, inscripto en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el Nº 214485700010, representado/a en este acto por el/la Sr/Sra. .................... en su calidad de ...................., con domicilio en la calle Dr. Juan Carlos Dighiero Nº 2464 de esta ciudad, quienes convienen lo siguiente:

PRIMERO • ANTECEDENTES: I) La IdeM, a través del Departamento de Desarrollo Social tiene entre sus cometidos el de formular, supervisar y ejecutar las políticas del departamento atendiendo especialmente las destinadas a mujer, adulto mayor, juventud, infancia y discapacitados. Diseñar y ejecutar un conjunto de políticas sociales que, poniendo énfasis en aquellos grupos sociales que viven situaciones de vulnerabilidad, desigualdad y exclusión, fortalezcan el proceso de descentralización que se viene desarrollando; II) El CEDIIAP fue fundado en el año 1995 por la Prof. Em. Dra. María A. Rebollo y habilitado como Instituto Universitario, por el Ministerio de Educación y Cultura (MEC), en su resolución de fecha 22 de marzo del 2001. Se define como una institución laica, que asume el compromiso de impulsar el desarrollo y fortalecimiento de las funciones esenciales de las Instituciones Universitarias: la enseñanza, la investigación y la extensión. Es un Instituto abocado a la formación con rigor científico, de profesionales de excelencia que promuevan el avance de cada disciplina, actuando desde la ética y el compromiso, siendo profesionales de vanguardia en la promoción, prevención y atención del desarrollo infantil.-

SEGUNDO OBJETO: El presente convenio tiene por objeto elaborar y ejecutar, de común acuerdo programas y proyectos de cooperación, actividades de colaboración académica y relaciones de intercambio entre ambas instituciones, los que serán objeto de acuerdos complementarios que especificarán objetivos, modalidades, metodología de trabajo y obligaciones de cada una de las partes.-

TERCERO PLAZO: El presente convenio entrará en vigencia a partir de su suscripción y por el plazo de 1 (un) año, el que se renovará automáticamente por igual período, salvo que alguna de las partes manifieste su voluntad en contrario con una anticipación mínima de 30 (treinta) días al vencimiento del plazo original o sus eventuales prorrogas.-

CUARTO OBLIGACIONES ECONÓMICO FINANCIERAS: La celebración del presente convenio no implica ningún tipo de compromiso previo de orden económico o financiero a cargo de los comparecientes. Las obligaciones de dicha naturaleza serán objeto de previsión expresa en los acuerdos específicos o complementarios que eventualmente puedan suscribirse.-

QUINTO - NO EXCLUSIVIDAD: La suscripción del presente convenio no representa obstáculo alguno para que las partes puedan concretar convenios de similar o semejante índole con otras instituciones con fines análogos.-

SEXTO RESCISIÓN: El incumplimiento de todas o cualquiera de las obligaciones a cargo de las partes dará lugar al inicio, previa constatación, de los trámites tendientes a la rescisión de este convenio. Se considerará que alguna de las partes ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión cuando, notificada por escrito de la constatación, dentro del plazo de 10 (diez) días siguientes no lo rectificara a satisfacción de la parte reclamante, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo, en cuanto fuere aplicable, que las partes declaran conocer y aceptar.-

SÉPTIMO MORA AUTOMÁTICA: La mora se producirá de pleno derecho sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el solo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer algo contrario a lo estipulado.-

OCTAVO DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios a todos los efectos judiciales y extrajudiciales de este convenio en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia.-

NOVENO COMUNICACIONES: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado con acuse de recibo o cualquier otro medio que dé certeza de su realización. Los referidos domicilios se mantendrán como vigentes y válidos en tanto no se comunique su modificación en debida forma con una antelación mínima de diez (10) días. Las partes admiten el correo electrónico como medio válido de comunicación, exclusivamente para realizar los contactos que no tengan otra finalidad que coordinar la ejecución del convenio, estableciendo a tales efectos las siguientes direcciones: IdeM: desarrollo.social@imm.gub.uy; CEDIIAP: rectoria@cediiap.edu.uy. Las citadas direcciones de correo electrónico podrán modificarse, previa comunicación a la otra parte con una antelación mínima de diez (10) días. Para constancia y en señal de conformidad las partes suscriben 4 (cuatro) ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados en la comparecencia.-

2.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de firmar el convenio cuyo texto se aprueba por el numeral anterior.-

3.- Comuníquese a los Departamento de Secretaría General y de Recursos Financieros, a las Divisiones de Políticas Sociales, de Salud y de Asesoría Jurídica, a todas las Unidades, Servicios y Secretarías (Desarrollo Social), al Servicio de Escribanía, a la Unidad de Convenios y Asesoría Legal, a las Unidades Central de Auditoría Interna y Central de Presupuesto, a la Unidad de Gestión Presupuestal y pase al despacho del Departamento de Desarrollo Social a fin de proseguir con el tramite dispuesto para la firma del convenio.-

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-