Resolución N° 3667/99
Nro de Expediente:
54432
 
JURIDICA
Fecha de Aprobación:
27/9/1999


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No se hace lugar al recurso de apelación en subsidio, interpuesto por el Sr. Juan Liber Febles.-

Montevideo, 27 de Setiembre de 1999.-
 
        VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio, interpuestos por el Sr. Juan Liber Febles, contra la multa, que le fuera impuesta el día 20 de mayo de 1999;
        RESULTANDO: 1o.) que la referida multa fue impuesta por violación del Decreto Nº 25.858 del 17 de diciembre de 1992, (Intervenido Nº 286497), que en su art. 1º, inciso J) prohibe efectuar transporte de pasajeros mediante pago de retribución en vehículos no autorizados por la División Tránsito y Transporte;
        2o.) que la recurrente solicita se deje sin efecto dicho acto administrativo, argumentando que no existió ninguna contratación de carácter oneroso;
        3o.) que con fecha 26 de agosto de 1999, la División Tránsito y Transporte ratificó dicha multa, por las razones expuestas por la Comisión Asesora de Apelaciones de Multas a fs. 14, franqueando el recurso de alzada correspondiente;
        CONSIDERANDO: que la División Jurídica informa que la infracción cometida surge nítida de los intervenidos relativos a las sanciones aplicadas y de las actas labradas en la oportunidad, en las que se comprueba en forma inequívoca, que se trata de un servicio contratado, violando por lo tanto el Decreto Nº 25.858 del 17 de diciembre de 1992, por lo que

        corresponde propiciar el dictado de resolución manteniendo el acto administrativo recurrido;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- No hacer lugar al recurso de apelación en subsidio, interpuesto por el Sr. Juan Liber Febles, contra una multa por transporte de pasajeros sin la debida autorización, que le fuera impuesta el día 20 de mayo de 1999.-
        2o.- La División Tránsito y Transporte remitirá testimonio de la referida multa, con la constancia de que se trata de un acto administrativo firme, al Departamento de Recursos Financieros, para gestionar el cobro ejecutivo de la misma.-
        3o.- Pase, por su orden, al Servicio Central de Inspección General, para la notificación correspondiente y a la División Tránsito y Transporte, a los fines previstos en el numeral anterior.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-