Resolución N° 5129/16
Nro de Expediente:
2016-5501--000007
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
9/11/2016


Tema:
MODIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN

Resumen:
Modificar el numeral 1o de la Resolución No. 3682/16.-

Montevideo, 9 de Noviembre de 2016.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones en las cuales el Sector Contralor de Liquidaciones de Convenios, Compensaciones y Garantías y la Asesora Letrada del Departamento solicitan modificar la resolución No. 3682/16 de fecha 15/VIII/16 correspondiente a la Donación Modal con la Asociación Civil Casa de la Mujer de la Unión, con el objetivo de continuar con el programa "Barrido Otoñal", que se lleva adelante desde el año 2002;
      RESULTANDO: que por Resolución Nº 3682/16 de fecha 15/08/16 se aprobó el siguiente texto en el convenio "SEGUNDO: OBJETO: La IdeM dona a la Asociación la suma total de $4:935.769,oo (pesos uruguayos cuatro millones novecientos treinta y cinco mil setecientos sesenta y nueve), que se entregará de la siguiente forma: a) la primera cuota de $ 2:297.536,oo (pesos uruguayos dos millones doscientos noventa y siete mil quinientos treinta y seis), que se hará efectiva a la firma del presente y que comprenderá una partida única para el pago de uniformes, materiales y recursos humanos; b) la segunda cuota de $ 1:727.256,oo (pesos uruguayos un millón setecientos veintisiete mil doscientos cincuenta y seis), que se pagará a los 120 días de su firma y que incluye materiales para las instancias educativas, recreativas y de capacitación y recursos humanos; y c) la tercera y última de $ 910.977;oo (pesos uruguayos novecientos diez mil novecientos setenta y siete), que se transferirá a los 240 días de la firma del presente. Las sumas donadas se ajustarán semestralmente por el IPC del período, excepto en lo que corresponde a los recursos humanos, que se ajustará por Consejo de Salarios, Grupo 16 Sub Grupo 07";
      CONSIDERANDO: 1o.) que la modificación corresponde al ajuste paramétrico de la masa salarial por lo cual las sumas donadas se ajustarán semestralmente por Consejo de Salarios, Grupo 16 Sub Grupo 07 en lo que corresponde a los recursos humanos, la suma por salarios mensuales de las trabajadoras es de $ 454.243,22;
      2o.) que la referida Asociación fue oportunamente seleccionada como resultado del llamado abierto convocado a esos efectos en el mes de Abril de 2016;
      3o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social estima oportuno y conveniente el dictado de resolución modificativa;
      EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1.- Modificar el numeral 1º de la Resolución Nº 3682/16 de fecha 15/VIII/16, el que quedará redactado de la siguiente manera,"SEGUNDO: OBJETO: La IdeM dona a la Asociación, la suma total de $ 5.239.693.- (pesos uruguayos cinco millones doscientos treinta y nueve mil seiscientos noventa y tres), la que se entregará de la siguiente forma: a) la primera cuota de $ 2.425.185.- (pesos uruguayos dos millones cuatrocientos veinticinco mil ciento ochenta y cinco) que se hará efectiva a la firma del presente y que comprenderá una partida única para el pago de uniformes, materiales y recursos humanos; b) la segunda cuota de $ 1.842.747.- (pesos uruguayos un millón ochocientos cuarenta y dos mil setecientos cuarenta y siete), que se pagará a los 120 días de su firma, que incluye materiales para las instancias educativas, recreativas y de capacitación de recursos humanos; y c) la tercera y última de $ 971.761.- (pesos uruguayos novecientos setenta y un mil setecientos sesenta y uno) que se transferirá a los 240 días de la firma del presente.- Las sumas donadas se ajustarán semestralmente por Consejo de Salarios, Grupo 16 Sub Grupo 07 en lo que corresponde a los recursos humanos, cuya suma total mensual a ajustarse por ese concepto es de $ 515.954,oo (pesos uruguayos quinientos quince mil novecientos cincuenta y cuatro).-, suma que incluye salarios de las trabajadoras, incidencias salariales y partidas por capacitación y administración. Se ajustará semestralmente por el IPC del período la partida pedagógica que asciende a $ 18.400,oo (pesos uruguayos dieciocho mil cuatrocientos) mensuales."; manteniéndose incambiados sus restantes términos.-
      2.- Que el incremento salarial de julio de 2016 ya fue incorporado, por lo cual se deberá realizar el próximo en enero de 2017 y en julio de 2017 en lo que corresponda.-
      3.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, de Recursos Financieros, a la División Políticas Sociales, a la Secretaría de Empleabilidad para la Inclusión Social, a la Unidad de Gestión Presupuestal y pase a la Contaduría General a sus efectos.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-