Resolución N° 271/99/2000
Nro de Expediente:
274268
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
29/1/1999


Tema:
EXONERACIONES

Resumen:
Se exonera a la Sra. Sara Julia Teran Sastre del pago de las multas y recargos de la deuda de Tasa de Conservación de Alcantarillado del inmueble de su propiedad padrón No. 86.128, ubicado en la calle Rivadavia No. 2157, a partir de agosto de 1985.

Montevideo, 29 de Enero de 1999.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Sra. Sara Julia Teran Sastre, solicitando exoneración de pago de multa y recargos emergentes de la deuda que por tributos municipales mantiene con esta Comuna a partir de agosto de 1985, respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 86.128, ubicado en la calle Rivadavia No. 2157;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante solicita además que no se le cobre la deuda del período 10/84 a 8/85 por haber adquirido el inmueble el 9/8/85;
        2o.) que el Servicio de Gestión de Cobro de Morosos informa que en cuanto a la solicitud de exoneración de deuda por el período 10/84 a 8/85, le asiste razón en virtud de que el Decreto No. 22.549, Art. 134o. que establece la solidaridad de los adquirentes con referencia a deudas tributarias anteriores, tomó vigencia a partir del 1/1/86, correspondiéndole a la peticionante la deuda posterior a la fecha de la compraventa del inmueble (8/85 en adelante);
        3o.) que continúa informando el precitado Servicio que el Art. 25o. del Decreto No. 27.803 faculta al Ejecutivo Comunal al cobro de deudas actualizado por IPC cuando por razones imputables a la Administración se vio impedido el conribuyente de abonar válidamente el adeudo existente, por lo que corresponde acceder a lo solicitado;
        CONSIDERANDO: que el Director de la División Administración Fiscal comparte el informe precedente, siendo de aplicación el Art. 25o. del Decreto No. 27.803, correspondiendo actualizar por









        IPC la deuda de Tasa de Conservación de Alcantarillado del inmueble padrón No. 86.128, por el período 8/85 a 11/98;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Sra. Sara Julia Terán Sastre del pago de la deuda de Tasa de Conservación de Alcantarillado del inmueble de su propiedad padrón No. 86.128, ubicado en la calle Rivadavia No. 2157, por el período 10/84 a 8/85, al amparo de lo establecido en el Art. 134o. del Decreto No. 22.549.-
        2o.- Declarar exonerada a la mencionada del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de Tasa de Conservación de Alcantarillado respecto del referido inmueble, a partir de agosto de 1985, de acuerdo a lo establecido en el Art. 25o. del Decreto No. 27.803.-
        3o.- Disponer que las sumas adeudadas se reajustarán por el Indice de Precios al Consumo (IPC) desde agosto de 1885 y hasta el mes inmediato anterior al de la fecha de la presente Resolución.-
        4o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        5o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su cumplimiento.-

Ec. GRACIELA MARIEYHARA, Director General (I) del Departamento de Recursos Financieros.-