Resolución N° 3700/03/2000
Nro de Expediente:
2240-015307-03
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
2/9/2003


Tema:
SORTEOS Y RIFAS

Resumen:
Se convalida la promoción realizada por la firma "Sigma Cosmética International S.A.", a partir del 16 de junio de 2003 y el sorteo efectuado el 15 de 2003.-

Montevideo, 2 de Setiembre de 2003.-
 
        VISTO: la gestión de la firma "Sigma Cosmética International S.A.", solicitando autorización para realizar una promoción a partir del 16 de junio de 2003 con un sorteo final realizado el 15 de julio de 2003;
        RESULTANDO: 1º.) que la gestionante explicita a obrados el mecanismo que rigió dicho sorteo, así como los premios que se adjudicaron a las personas favorecidas, cuyo valor total asciende a la suma de $ 37.627,00;
        2º.) que el Servicio de Ingresos Comerciales, expresa que de convalidarse la autorización impetrada, la firma de que se trata deberá abonar por concepto de tasa de autorización el 5% del valor total de los premios, o sea $ 1.881,00, y respecto a la garantía de fiel cumplimiento de obligaciones la solicitante depositó la suma de $ 7.525,00, importe que corresponde al 20% del valor de los premios, según garantía No. 805841;
        CONSIDERANDO: 1º.) que el sorteo proyectado se ajusta a la normativa municipal vigente en materia de sorteos comerciales gratuitos (Digesto Municipal - Tomo XIV - Título - Unico - Capítulo II) en mérito de ello corresponde proceder a su autorización en la forma y condiciones establecidas;
        2º) que por Resolución No. 2472/00 de 17 de julio de 2000, el Intendente Municipal de Montevideo, delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de convalidar y autorizar sorteos;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Convalidar la promoción realizada por la firma "Sigma Cosmética International S.A.", a partir del 16 de junio de 2003 y el sorteo efectuado el 15 de 2003.-
        2º.- La interesada debe abonar por concepto de tasa de autorización el cinco por ciento (5%) del valor total de los premios, o sea PESOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y UNO ($ 1.881,00), y respecto de la garantía de fiel cumplimiento de obligaciones la solicitante depositó la suma de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO ($ 7.525,00) equivalente al veinte por ciento (20%) del valor de los premios .-
        3º.- Pase al Servicio de Ingresos Comerciales.-

CR. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-