Resolución N° 2012/01/2000
Nro de Expediente:
9922-000356-01
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
28/9/2001


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se aplica el Art. 25o. del Decreto No. 27.803, a la deuda de Tasa de Conservación de Alcantarillado que grava al inmueble padrón No. 32.568/806, propiedad de la señora Margarita de Basabe de Grunwaldt por el período comprendido entre setiembre/92 a junio/95 inclusive.

Montevideo, 28 de Setiembre de 2001.-
 
        VISTO: la gestión de la señora Margarita de Basabe de Grunwaldt, solicitando exoneración de pago de multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna por concepto de Tasa de Conservación de Alcantarillado, respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 32.568, ubicado en la calle Juan María Pérez No. 2918/806;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante expresa que nunca recibió notificación de deudas anteriores;
        2o.) que el Servicio de Gestión de Contribuyentes informa que la titular del inmueble no acredita haber obtenido certificado de gravámenes en ocasión de la compraventa, por lo que de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 134o. del Decreto No. 22.549 el adquirentes es responsable solidario de los tributos adeudados con anterioridad y que se encuentren impagos, no obstante por tratarse de una cuenta trunca, debido a que la Tasa de Alcantarillado se emitió como tributo Domiciliario hasta el mes 12/95 y luego se incorporó al cobro conjunto con la Contribución Inmobiliaria, no se realizaron gestiones de cobro ni se advirtió de su existencia en otras facturas del mismo padrón hasta fines del año 2000, por lo que podría autorizarse el cobro de lo adeudado sin multa ni recargos y actualizado por I.P.C.;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Administración Fiscal comparte los informado precedentemente, por lo que corresponde redactar resolución exonerando de multa y recargos a la deuda de Alcantarillado del inmueble padrón No. 32.568/806, y aplicar en su lugar el Art. 27.803, por el período comprendido entre setiembre/92 a junio/95;
        2o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros provee de conformidad;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Aplicar el Art. 25o. del Decreto No. 27.803, a la deuda de Tasa de Conservación de Alcantarillado que grava al inmueble padrón No. 32.568/806, ubicado en la calle Juan María Pérez No. 2918 apto. 806, propiedad de la señora Margarita de Basabe de Grunwaldt por el período comprendido entre setiembre/92 a junio/95 inclusive.-
        2o.- Disponer que las sumas adeudadas se reajustarán por el Indice de Precios al Consumo (IPC), desde el mes en que se debía efectuar cada uno de los pagos hasta el mes inmediato anterior al de su pago efectivo.-
        3o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        4o.- Pase por su orden a los Servicios de Ingresos Inmobiliarios y de Gestión de Contribuyentes para su cumplimiento.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-