Resolución N° 823/21/1000
Nro de Expediente:
2020-5220-98-002516
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
1/11/2021


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 54 a la empresa Henderson y Cía SA, por comercialización de mercadería vencida en el local comercial ubicado en Av. Dr. Luis Alberto de Herrera No. 1290, Municipio CH.-

Montevideo, 1 de Noviembre de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la empresa Hernderson y Cía SA, responsable del local comercial ubicado en Av. Dr. Luis Alberto de Herrera No. 1290, local 1, "Tienda Inglesa";
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informa que personal inspectivo constató la existencia de mercadería vencida para su comercialización, labrándose el Acta Nº 35409, de 05/12/20;
        2o.) que de acuerdo a lo dispuesto por el Art. R.69 del Vol. II del Digesto Departamental se otorgó vista a efectos de la formulación de descargos, no siendo de recibo los presentados;
        3o.) que en tal sentido el mencionado Servicio señala que corresponde aplicar una multa de UR 54 por infringir lo dispuesto por el Decreto No. 315/994 (Reglamento Bromatológico Nacional), el Art. D.895, Inc. f) del Vol. VI “Higiene y Asistencia Social” del Digesto Departamental, conforme a lo preceptuado en el Art. 4, apartado A), Num. 3, Inc. f) del Régimen Punitivo Departamental, (Decreto No. 21.626 de 11/4/84);
        4o.) que la Prosecretaría General remite las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución sancionatoria;
        5o.) que el estudio de los descargos insumió un tiempo prolongado debido a las circunstancias del caso;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo al Decreto No. 34.134 de 12//04/12 y la Resolución No. 2287/13 de 03/06/13;
        2o.) que por la
        Resolución No. 4242/20 de 01/12/2020 se delegó en la Secretaria General la
        facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        LA SECRETARIA GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 54 (unidades reajustables cincuenta y cuatro) a la empresa Henderson y Cía SA, RUT 210094030014, con domicilio en la calle Dr. Carlos Travieso No. 5958, (domicilio fiscal en Av. Italia No. 5820), por los motivos indicados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio CH, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal No. 5 y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

ING. AGR. OLGA OTEGUI, Secretaria General.-