Resolución N° 731/08/1000
Nro de Expediente:
3280-008930-08
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
12/12/2008


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 22,2615 (Unidades Reajustables veintidós con 2615/10.000), al local destinado a Depósito de Cajas, Máquinas y Maderas, ubicado en Av. Italia 4120, perteneciente al Sr. Sante Antonio Santín, C.I. 351.996-6, RUT 21 0786940018, razón social Nil Trance S.A.-

Montevideo, 12 de Diciembre de 2008.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Centro Comunal Zonal N° 7, relacionadas con el funcionamiento del local destinado a Depósito de Cajas, Máquinas y Maderas, ubicado en Av. Italia 4120, perteneciente al Sr. Sante Antonio Santín, C.I. 351.996-6, RUT 21 0786940018, razón social Nil Trance S.A., con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada al local de referencia por el Sector Inspectivo del CCZ N° 7 se pudo comprobar que carecía de la habilitación del Servicio de Contralor de la Edificación -Sector Locales Industriales y Comerciales-, y que la habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos venció el 2/2/07;
        2o.) que la Dirección del citado Servicio solicita la aplicación de una multa de U.R. 22,2615, por la falta de habilitación de Bomberos, (primera reincidencia);
        3o.) que el Servicio Central de Inspección General eleva las actuaciones a los fines solicitados;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución N° 3222/05, de 13/VII/05, el señor Intendente Municipal delegó en el Secretario General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de U.R. 55;
        3o.) que la Prosecretaría




        General se manifiesta de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 22,2615 (Unidades Reajustables veintidós con 2615/10.000), al local destinado a Depósito de Cajas, Máquinas y Maderas, ubicado en Av. Italia 4120, perteneciente al Sr. Sante Antonio Santín, C.I. 351.996-6, RUT 21 0786940018, razón social Nil Trance S.A., con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese a los Servicios Central de Inspección General -para la notificación correspondiente-, Gestión de Contribuyentes, a la Junta Local de la Zona No. 7 y pase al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7 a sus efectos.

ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-