Resolución N° 78/14/1000
Nro de Expediente:
5220-048786-13
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
11/2/2014


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de U.R. 15 al Sr. Guillermo Zeballos, responsable del local destinado a Pensión ubicado en Guaraní 1470 (falta de habilitación de Bomberos).-

Montevideo, 11 de Febrero de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a Pensión ubicado en Guaraní 1470, responsabilidad del Sr. Guillermo Zeballos, C.I. 1.519.794-7;
        RESULTANDO: 1o.) que el 27/11/13 por Acta A No. 25881, se intimó a la presentación de la habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, en un plazo de 5 días;
        2o.) que en virtud de lo expresado anteriormente, el Sector Hoteles, Pensiones Inquilinatos y Afines, sugiere la aplicación de una multa de U.R. 15 por no haber dado cumplimiento a lo intimado, de acuerdo al Decreto Nº 22.010, de 14 de noviembre de 1984 y al amparo del Régimen Punitivo vigente, Decreto Nº 21.626, de 23 de abril de 1984;
        3o.) que el 11/1/14 la Dirección (I) del Servicio Central de Inspección General, eleva las actuaciones solicitando el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución Nº 3092/10, de 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de U.R. 55;




        3o.) que la Prosecretaría General se manifiesta de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 15 (unidades reajustables quince) al Sr. Guillermo Zeballos, C.I. 1.519.794-7, responsable del local destinado a Pensión ubicado en Guaraní 1470, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar dicho cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio B, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal Nº 1 y pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente y demás efectos.-

DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-