Resolución N° 388/11/1000
Nro de Expediente:
3270-013321-09
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
13/9/2011


Tema:
CLAUSURAS

Resumen:
Levantar en forma provisoria la clausura dispuesta por Resolución No. 357/11/1000, de 16 de agosto de 2011, del local destinado a bar, restaurante, pizzería y video juegos, ubicado en Joanicó No. 3653, propiedad de la firma Pama S.R.L., RUT 21 1160390018.-

Montevideo, 13 de Setiembre de 2011.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 357/11/1000, de 16 de agosto de 2011, se dispuso clausurar el local destinado a bar, restaurante, pizzería y video juegos, ubicado en Joanicó No. 3653, propiedad de la firma Pama S.R.L., RUT 21 1160390018;
        RESULTANDO: 1o.) que el 29/8/11, el Municipio D señala que el 23/8/11, el interesado se presentó adjuntando diversa documentación, expresando que las máquinas allí instaladas no pagan premios y por tanto no entrarían en la categoría de "tragamonedas", de acuerdo con la Resolución No. 3522/06, de 15/9/06;
        2o.) que en tal sentido, en informe de 1/9/11, la Alcaldesa del referido Municipio solicita el levantamiento de la clausura en forma provisoria, hasta tanto el Servicio Central de Inspección General verifique el tipo de máquinas instaladas y si las habilitaciones presentadas son las correctas;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por el inciso d) del numeral 1º de la Resolución No. 3078/10, de 12/7/10, se delegó en el Secretario General, la facultad de autorizar la rehabilitación de locales cuyo funcionamiento hubiera sido impedido por haberse constatado infracciones a la normativa que regula su actividad;
        2o.) que la






        Prosecretaría General se manifiesta de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Levantar en forma provisoria la clausura dispuesta por Resolución No. 357/11/1000, de 16 de agosto de 2011, del local destinado a bar, restaurante, pizzería y video juegos, ubicado en Joanicó No. 3653, propiedad de la firma Pama S.R.L., RUT 21 1160390018, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Servicio Centro Comunal Zonal No. 11, y pase por su orden, al Servicio Central de Inspección General (Unidad de Clausuras) para que verifique el tipo de máquinas instaladas y si las habilitaciones presentadas son las correctas, y al Municipio D, a sus efectos.-

RICARDO PRATO, Secretario General.-