Resolución N° 142/05/1000
Nro de Expediente:
3330-001046-05; 1001-009345-05; 4112-013837-04
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
4/8/2005


Tema:
CLAUSURAS

Resumen:
Se clausura el establecimiento destinado a Fábrica de Calzados, sito en la calle Enrique Castro 3840B, propiedad de la firma Ibacar S.A., cuyo representante legal es el Sr. Sergio Bidegain.-

Montevideo, 4 de Agosto de 2005.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a Fábrica de Calzados, sito en la calle Enrique Castro 3840B, propiedad de la firma Ibacar S.A., R.U.C., 213786540014, cuyo representante legal es el Sr. Sergio Bidegain, C.I. 1.277.839-2;
        RESULTANDO: 1o) que el Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, por Exp. 39407, de 28/4/05, intimó a la citada firma a presentar Habilitación de Bomberos y Locales Comerciales e Industriales, concediéndole un último plazo de 10 días;
        2o) que la Dirección Profesional del Departamento de Descentralización señala que visto todos los plazos concedidos para regularizar la situación sin que hasta el momento se hubiese dado cumplimiento, correspondería clausurar dicho establecimiento;
        CONSIDERANDO: las facultades oportunamente delegadas;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Clausurar el establecimiento destinado a Fábrica de Calzados, sito en la calle Enrique Castro 3840B, propiedad de la firma Ibacar S.A.., R.U.C. 213786540014, cuyo representante legal es el Sr. Sergio Bidegain, C.I. 1.277.839-2.-
        2.- Establecer que el Servicio Central de Inspección General, al hacer efectiva la clausura notificará al interesado que una vez que hayan cesado las causas que la originaron, podrá solicitar la reapertura de su comercio, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
        3.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio de Contralor de la Edificación, y pase al Servicio Central de Inspección General (Unidad de Clausuras) para la notificación correspondiente, y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 11 a sus efectos.-

ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-