Resolución N° 822/21/1000
Nro de Expediente:
2021-5229-98-002213
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
1/11/2021


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 54 a Alcoholes del Sur SRL, con domicilio en Cno. Corrales No. 3076, local 96, por comercialización de mercadería vencida, Municipio F.-

Montevideo, 1 de Noviembre de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la empresa Alcoholes del Sur SRL, con domicilio en Cno. Corrales No. 3076, local 96;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informó que personal inspectivo comprobó la elaboración de bebidas alcohólicas con productos saborizantes vencidos, según Acta de Constatación de Infracción Nº 47811 de 08/9/21;
        2o.) que se procedió a otorgar vista de acuerdo a lo dispuesto por el Art. R.69 del Vol. II del Digesto Departamental a efectos de la formulación de descargos, sin que estos se hayan presentado;
        3o.) que en tal sentido el mencionado Servicio sugiere aplicar una multa de UR 54, por infringir lo dispuesto en el Decreto Nº 315/994 (Reglamento Bromatológico Nacional) y en el Art. D.895, Inc. F) del Volumen VI "Higiene y Asistencia Social" del Digesto Departamental, conforme a lo dispuesto en el artículo citado y en el Decreto No. 21.626, Art. 4, apartado A), Num. 3, Inc. f) (Régimen Punitivo Departamental);
        4o.) que la Prosecretaría General de conformidad eleva las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución sancionatoria;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo al Decreto No.

        34.134 de 12/04/12 y la Resolución No. 2287/13 de 03/06/13;
        2o.) que por
        Resolución No. 4242/20 de 01/12/2020 se delegó en la Secretaria General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 5;
        LA SECRETARIA GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 54 (unidades reajustables cincuenta y cuatro) a la empresa Alcoholes del Sur SRL, RUT 218168330011, con domicilio en Cno. Corrales No. 3076, por los motivos indicados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días si la multa permaneciera impaga el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar dicho cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio F, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 9, Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

ING. AGR. OLGA OTEGUI, Secretaria General.-