Resolución N° 706/19/1000
Nro de Expediente:
2018-3260-98-000222
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
21/10/2019


Tema:
CLAUSURAS

Resumen:
Se clausura en forma preventiva el local destinado a bazar, ubicado en Lázaro Gadea 955, propiedad de la empresa CARRASCO CUENCA, ALVARO.-

Montevideo, 21 de Octubre de 2019.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con el local destinado a bazar ubicado en Lázaro Gadea 955 propiedad de la empresa CARRASCO CUENCA, ALVARO;
        RESULTANDO: 1o) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 5 solicita la clausura preventiva del referido local por no contar con las habilitaciones que autorice su funcionamiento (Microempresa) además cuenta con tres multas y su situación permanece incambiada;
        2o.) que se procedió a notificar a la firma interesada a efectos de la formulación de descargos sin que estos se hayan presentado;
        3o.) que el Municipio C en su sesión de 11/9/19 resolvió por unanimidad propiciar la clausura del mencionado local;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3245/15 de 9/7/15 y 1906/19 de 10/4/19 se delegaron en el Secretario General las facultades de clausurar locales cuando se constaten infracciones a
        la normativa que regula su funcionamiento;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Clausurar en forma preventiva el local destinado a bazar ubicado en Lázaro Gadea 955, propiedad de la empresa CARRASCO CUENCA, ALVARO, CI 3.170.756-9, RUT 218041880019, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Establecer que el Servicio de Convivencia Departamental, al hacer efectiva la clausura, notificará al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrá solicitar retomar la actividad comercial del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
        3.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 5, de Convivencia Departamental (Unidad Clausuras) para la notificación correspondiente y pase al Municipio CH a sus efectos.-

FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-