Resolución N° 882/14/1000
Nro de Expediente:
5220-054091-14
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
21/11/2014


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 11 a la Inmobiliaria Braglia SRL por carecer del permiso de arrendamiento para el inmueble sito en Gaboto 1185, apto. 2.-

Montevideo, 21 de Noviembre de 2014.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la finca ubicada en Gaboto 1185, apto. 2;
        RESULTANDO: 1o.) que el 7/10/14 la Sra. Silvia Vicente, C.I. 1.134.322-8 presenta nota ante el Servicio Central de Inspección General y solicita saber si la finca en cuestión tiene permiso de arrendamiento;
        2o.) que el 7 de octubre de 2014 el mencionado Servicio indica que no se registran datos de la solicitud de permiso para arrendamiento del referido inmueble;
        3o.) que el 5 de noviembre ppdo. el Servicio Central de Inspección General, visto la intimación realizada el 8/10/14, otorgó un plazo de 10 días para presentar la documentación para arrendar y dado que la interesada no ha dado cumplimiento a la intimación, sugiere aplicar una multa de UR 11 a la Inmobiliaria Braglia SRL, RUT 21 0345150015, por infringir el Art. 1o. del Decreto No. 21.182 y la Resolución No. 192.318, de 31/10/1983, en su Art. 10, que establece que los apartamentos o fincas arrendadas deben contar con la habilitación de la Intendencia de Montevideo o serán sancionados con el equivalente en Unidades Reajustables a un mes de alquiler, de acuerdo al Decreto No. 21.626;
        4o.) que el precitado
        Servicio remite las actuaciones para su consideración;

        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución N° 3092/10, de 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de U.R. 55;
        3o.) que la Prosecretaría General se manifiesta de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 11 (Unidades Reajustables once) a la Inmobiliaria Braglia SRL, RUT 21 0345150015, domiciliada en San José 1180, por infracción al Art. 1o. del Decreto No. 21.182 y Resolución No. 192.318 de 31/10/1983, en su Art. 10, por carecer del permiso de arrendamiento para el inmueble sito en Gaboto 1185, apto. 2.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio B, a los Servicios de Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal No. 1 y pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente y demás efectos.-

RICARDO PRATO, Secretario General.-