Resolución N° 241/20/1000
Nro de Expediente:
2020-5229-98-000688
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
25/6/2020


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de 40 UR a KESDERY SA, ubicada en Bv. Gral. Artigas 2085, por falta de pasaje peatonal en obra ubicada en Dr. Lorenzo Carnelli 1278.-

Montevideo, 25 de Junio de 2020.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la empresa KESDERY SA, ubicada en Bv. Gral. Artigas 2085;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informa que por formulario Nº 33251 se constató la infracción por falta de pasaje peatonal o barrera de obra en Lorenzo Carnelli 1278 esquina Canelones (UR 2 por metro lineal), por lo que se otorgó vista de acuerdo a lo dispuesto por el Art. R.69 del Vol. II del Digesto Departamental a efectos de la formulación de descargos, sin que estos se hayan presentado;
        2o.) que en tal sentido el citado Servicio sugiere el dictado de resolución a fin de aplicar un multa de UR 40 de acuerdo a lo dispuesto en el artículo D.3215 y en lo establecido por el Decreto Nº 21.626, Art. 3, Lit. A (20 metros);
        3o.) que la Prosecretaría General remite las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resoluciones Nos. 3248/15 de 09/07/15 y 1906/19 de 10/04/19 se delegaron en





        el Secretario General las facultades de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 40 (unidades reajustables cuarenta) a KESDERY SA, RUT 217167460010, ubicada en Br. Gral. Artigas 2085, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días si la multa permaneciera impaga el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar dicho cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio B, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 2, Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-